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jueves, 15 de diciembre de 2016

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: Resuelva ya en recurso contra la Ley del Aborto

El 1 de Junio de 2010, el Grupo Parlamentario Popular presentó un Recurso de Inconstitucionalidad contra la actual ley del aborto libre en España. Han pasado ya 6 años y medio, y el Tribunal Constitucional sigue sin resolver este recurso. ¿Por qué? Cada día que pasa sin que el Tribunal Constitucional dicte sentencia sobre este asunto, le cuesta la vida a 300 seres humanos inocentes, a los que se les arrebatan sus vidas en los más de 100 abortorios que hay repartidos por toda España.
Los españoles nos preguntamos, cómo es posible que el Tribunal Constitucional, que ya se pronunció de forma clara sobre esta cuestión en 1985, ahora no sea capaz de pronunciarse sobre el mismo asunto del aborto, y lleve 6 años y medio guardando un vergonzoso silencio, ignorando su propia doctrina la cual se niega a copiar y pegar en una nueva sentencia.
Recordemos que conforme a la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional dictada en sus sentencias de 16 de abril de 1985 y 3 de Junio de 1985, cabe establecer las siguientes afirmaciones:
1º.- La vida del nasciturus, es un bien constitucionalmente protegido. El Estado tiene la obligación de garantizar la vida, incluida la del nasciturus. Dicha protección implica la asunción por el Estado de una doble actuación positiva: a) La de abstenerse de interrumpir u obstaculizar el proceso natural de gestacion. b) La de establecer un sistema legal para la defensa de la vida que suponga su protección efectiva.
2º.- Sólo cabe reconocer, de acuerdo con la interpretación constitucional, una prevalencia de los derechos de la mujer sobre la vida del nasciturus si concurren unas situaciones singulares, excepcionales y tasadas. Lo contrario, supone la negación de la protección del nasciturus, a la que esta obligado a garantizar el Estado en cuanto bien jurídico reconocido que encarna la vida como valor central del propio ordenamiento.
3º.- La práctica del aborto libre sin cortapisas, fuera del aborto justificado en ciertos supuestos con carácter excepcional , bajo el sistema de indicaciones, supone una despenalización total del aborto, contraria a la Constitución ya que el articulo 15 impone la obligación al Estado de garantizar la vida humana, incluida la del nasciturus.
Por todo ello, PEDIMOS al Presidente del Tribunal Constitucional y a todos/as los/as Magistrados/as que componen el Pleno de este Tribunal, que dicten sentencia cuanto antes sobre el Recurso de Inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Popular sobre la actual Ley del Aborto, y que conforme al artículo 15 de nuestra Constitución Española, y conforme a la propia Doctrina y Jurisprudencia ya sentada del Tribunal Constitucional, procedan a declarar INCONSTITUCIONAL el contenido íntegro de la actaul ley del aborto en vigor, que permite acabar con la vida del niño concebido durante los primeros tres meses y medio de gestación sin causa alguna que lo justifique.
Puedes enviar tu petición al TRIBUNAL CONSTITUCIONAL pinchando en el siguiente enlace: