A B O G A D O
TRABAJADOR SOCIAL
SRA. MINISTRA DE SANIDAD, CONSUMO Y BIENESTAR SOCIAL DEL GOBIERNO DE ESPAÑA
DOÑA MARÍA LUISA CARCEDO ROCES
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Paseo del Prado, 18-20 28014
Madrid (España)
Paseo del Prado, 18-20 28014
Madrid (España)
Lebrija (Sevilla), a 3 de Abril de 2019
"El objetivo de la medicina es prevenir la enfermedad y prolongar la vida,
el ideal de la medicina es eliminar la necesidad de un médico"
William J. Mayo
el ideal de la medicina es eliminar la necesidad de un médico"
William J. Mayo
Estimada
Sra. Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social del Gobierno de España
Doña María Luisa Carcedo Roces:
En una entrevista publicada en el diario El Mundo el pasado día 10 de febrero, expresaba usted lo siguiente:
"Las mujeres somos libérrimas. Somos libres de decidir si somos madres o no y no sentirnos culpables. Y buenos estaríamos los que tenemos cierta edad si esperamos a que esos niños puedan pagar las pensiones. Cuestionar el aborto no es volver al 85, es volver a la Edad Media. Da igual, ya puestos... echamos una carrerita y llegamos a la Edad Media. Y las mujeres en su casa. Y sin carné de identidad y sin nada. Felices todos. España forma parte de Naciones Unidas y de la U.E. Y hay recomendaciones de la OMS para favorecer el aborto seguro. El modelo que España adoptó en 2010 es el que tienen los países desarrollados. Por tanto, seamos serios. Seamos serios salvo que queramos sacar a ESpaña de todos los organismos internacionales porque los consideremos rojos peligrosos. Estamos hablando de la voluntad de la mujer y discutir esto ya... telita. Pero si, dificultamos el aborto seguro entramos en un campo peligroso no sólo para la libertad, sino para la salud.
Y el pasado jueves 28 de marzo, en unas declaraciones a la Agencia Efe, volvió usted a hacer referencia a este tema, afirmando lo siguiente:
En una entrevista publicada en el diario El Mundo el pasado día 10 de febrero, expresaba usted lo siguiente:
"Las mujeres somos libérrimas. Somos libres de decidir si somos madres o no y no sentirnos culpables. Y buenos estaríamos los que tenemos cierta edad si esperamos a que esos niños puedan pagar las pensiones. Cuestionar el aborto no es volver al 85, es volver a la Edad Media. Da igual, ya puestos... echamos una carrerita y llegamos a la Edad Media. Y las mujeres en su casa. Y sin carné de identidad y sin nada. Felices todos. España forma parte de Naciones Unidas y de la U.E. Y hay recomendaciones de la OMS para favorecer el aborto seguro. El modelo que España adoptó en 2010 es el que tienen los países desarrollados. Por tanto, seamos serios. Seamos serios salvo que queramos sacar a ESpaña de todos los organismos internacionales porque los consideremos rojos peligrosos. Estamos hablando de la voluntad de la mujer y discutir esto ya... telita. Pero si, dificultamos el aborto seguro entramos en un campo peligroso no sólo para la libertad, sino para la salud.
Y el pasado jueves 28 de marzo, en unas declaraciones a la Agencia Efe, volvió usted a hacer referencia a este tema, afirmando lo siguiente:
"Estamos
en el siglo XXI y hay un derecho delante de todos esto, que es el derecho de
las mujeres que deciden ser madres o no. El debate sobre el aborto ya se
mantuvo y ya se superó en este país, Volver otra vez a unos conceptos
prehistóricos es muy lamentable.
Sra.
Ministra, estas afirmaciones suyas me llenan de estupor, perplejidad y
asombro, no me dejan en modo
alguno indiferente y por lo tanto, considero requieren una reflexión y una
respuesta nítida, serena y contundente para dejarle a usted claros algunos
conceptos que considero tiene usted muy equivocados y que por lo tanto merecen una aclaración. Como padre de familia, como
abogado, como trabajador social, como persona que defiende el principal derecho
humano que tienen todas las personas concebidas, que es el derecho a la vida, y
sobre todo como persona con un mínimo de sensibilidad y de sentido común, no
puedo dejar de contestarle.
"Las mujeres somos libérrimas. Somos libres en decidir so somos madres o no y no sentirnos culpables" "Estamos en el siglo XXI y hay un derecho delante de todos esto, que es el
derecho de las mujeres que deciden ser madres o no”.
Sra.
Ministra, como ya hicieran antes otras destacadas dirigentes del PSOE como
Leire Pajín o Bibiana Aído y también hicieran otros destacados miembros del
Partido Popular como Celia Villalobos o José Antonio Monago, usted confunde
intencionadamente el derecho a concebir un hijo, y convertirse en madre, con el
derecho a matar al hijo ya concebido. Con la
finalidad de manipular a la opinión pública, los defensores de la legalización
del aborto nunca usáis la expresión “derecho a abortar”, sino derecho a “decidir
ser madre”, porque saben ustedes perfectamente que el derecho al aborto no
existe, porque no existe el derecho a matar, existe el derecho a vivir.
El
derecho a concebir un hijo y convertirse en madre, nadie lo discute ni lo ha
discutido nunca. Pero ese derecho, como bien usted sabe, se ejerce antes de
concebir al hijo. Una vez que el hijo ha sido concebido y se desarrolla dentro
del vientre materno, sólo se puede decidir si se es madre de un hijo vivo o si
se es madre de un hijo muerto. Abortar no le permite a ninguna mujer elegir si
desea ser madre, porque ya lo es, sólo la convierte en la madre de un niño
muerto.
Además afirma usted: Cuestionar el aborto no es volver al 85, es volver a la Edad Media. Da igual, ya puestos... echamos una carrerita y llegamos a la Edad Media. Y las mujeres en casa. Y sin carné de identidad y sin nada. Felices todos. Volver otra vez a a unos conceptos prehistóricos es muy lamentable.
Me sorprende enormemente que sea usted Licenciada en Medicina y Cirugía por la Universidad de Oviedo y que además haya usted trabajado como médica de Atención Primaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias en Sotrondio y en el Centro de Salud de El Natahoyo de Gijón. Me pregunto a dónde ha ido a parar y qué fue de aquel juramento hipocrático que un día hizo usted como miembro de la profesión médica, en el que de forma textual, prometió usted solemnemente dedicar su vida al servicio de la humanidad, a velar con el máximo respeto por la vida humana, y a no emplear sus conocimientos médicos para violar los derechos humanos.
Además afirma usted: Cuestionar el aborto no es volver al 85, es volver a la Edad Media. Da igual, ya puestos... echamos una carrerita y llegamos a la Edad Media. Y las mujeres en casa. Y sin carné de identidad y sin nada. Felices todos. Volver otra vez a a unos conceptos prehistóricos es muy lamentable.
Me sorprende enormemente que sea usted Licenciada en Medicina y Cirugía por la Universidad de Oviedo y que además haya usted trabajado como médica de Atención Primaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias en Sotrondio y en el Centro de Salud de El Natahoyo de Gijón. Me pregunto a dónde ha ido a parar y qué fue de aquel juramento hipocrático que un día hizo usted como miembro de la profesión médica, en el que de forma textual, prometió usted solemnemente dedicar su vida al servicio de la humanidad, a velar con el máximo respeto por la vida humana, y a no emplear sus conocimientos médicos para violar los derechos humanos.
¿Se le
ha olvidado todo aquello que en su día prometió Sra. Ministra, o es que
acaso piensa usted que el derecho
fundamental a la vida no es un derecho humano?
En este
sentido, y hablando de su profesión, le recuerdo lo que dijo la Comisión
Deontológica del Consejo Andaluz de Colegios Médicos, en el artículo “La
Manipulación de la Ética y de la Ciencia” publicado el 10 de Septiembre
de 2008, en el que también niega la existencia del derecho a abortar, con las
siguientes palabras:
« (…) Se ha generado la percepción social de que existe el
derecho a abortar y, con ello, la idea de que un profesional de la salud tiene
el deber de matar al hijo no deseado. La razón esencial que justifica la
oposición del personal sanitario al aborto es que participar en la destrucción
de la vida de un feto humano no es un acto médico. Hoy hay razones de ciencia
que impiden la duda de la existencia de una vida humana individual después de
la fecundación; hoy no hay que recurrir al aborto para tratar las dolencias de
la mujer embarazada; hoy se sabe que el embarazo no genera un problema de salud
psíquica en la gestante, sino que es el síndrome post-aborto el problema. Jamás
la Medicina ha matado a uno para salvar a otro; siempre ha intentado salvar a
los dos.
Y también debería usted escuchar
con atención lo que opina el Colegio Médico al que usted pertenece, es decir el
Colegio Médico de Asturias, cuya
presidenta Doña Carmen Rodríguez explicaba el 25 de julio de 2012 cuál es la
postura oficial de su colegio profesional sobre este tema con las siguientes
palabras: "El colegio está en contra del aborto, porque el médico está dedicado al nacimiento. El aborto es reprobable para cualquier profesional, nuestra misión no es quitar la vida, sino darla". "No apoyamos a ningún supuesto que elimine una vida, algo que comienza en el momento en el que un óvulo es fecundado por un espermatozoide".
Dice usted que cuestionar el aborto es volver a la Edad Media, y que es muy lamentable volver a unos conceptos prehistóricos. Mire usted Sra. Ministra, no hay nada más prehistórico, más retrógrado, más cavernícola, más rancio y más salvaje que mostrar un absoluto desprecio y una inhumana y escalofriante frialdad e indiferencia por la vida más pequeña, más débil y más inocente que puede haber, que e la vida de un ser humano en sus primeros nueve meses de gestación en el vientre materno. No hay nada más reaccionario, más fascista y más cavernícola que considerar a un inocente indefenso como una mera mercancía que se puede eliminar por un puñado de euros y cuyo execrable y abominable crimen se puede legalizar por un miserable puñado de votos.
Si eso, además lo hace, una persona que en su día juró velar con el máximo respeto por la vida humana y no violar los derechos humanos, es doblemente terrible y escalofriante. Y si además esa traición a los principios médicos que un día juró defender, se hace sin importarle nada tener su conciencia manchada de sangre inocente por un miserable puñado de votos y por un mezquino cálculo electoral, entonces estamos ante una persona que no merece ser en modo alguno Ministra de Sanidad del Gobierno de España.
Lo progresista es defender la vida, es defender al más débil, es defender al más indefenso. Defender la pena de muerte para un ser humano inocente, que no ha hecho nada, que no puede defenderse, y legislar para permitir que pueda ser ejecutado y se pueda destruir su vida por la mera voluntad de su madre, sin que haya causa alguna que lo justifique, negando al padre de la criatura a su vez, que pueda hacer algo jurídicamente para impedirlo, es una aberrante ignominia, es defender un execrable crimen, más propio del paleolítico, de la edad de piedra, de los neandertales, que de una sociedad libre, desarrollada y democrática del siglo XXI.
Cuantos más indefensos son los seres humanos, tanto más deben ser protegidos. Motivo por el cual los concebidos pero aún no nacidos, deben ser especialmente protegidos. Los niños por nacer, son los más débiles, indefensos e inocentes de todos, a quienes hoy se les quiere negar su dignidad humana en orden a hacer con ellos lo que se quiera, quitándoles la vida y promoviendo legislaciones para que nadie pueda impedirlo.
El deber de defenderlos no es obscurantismo, sino lo único que merece llamarse humanismo. Los mismos derechos humanos, y la misma dignidad humana, exige que sean defendidos. No podemos vendernos a los poderosos y a los ricos. Frecuentemente, para ridiculizar alegremente la defensa que muchos hacemos de sus vidas, se procura presentar esta postura como algo ideológico, oscurantista y conservador. Sin embargo, esta defensa de la vida por nacer está íntimamente ligada a la defensa de cualquier derecho humano. Supone la convicción de que un ser humano es siempre sagrado e inviolable, en cualquier situación y en cada etapa de su desarrollo. Es un fin en sí mismo y nunca un medio para resolver otras dificultades. Si esta convicción cae, no quedan fundamentos sólidos y permanentes para defender los derechos humanos, que siempre estarían sometidos a conveniencias circunstanciales de los poderosos de turno.
Basta el juicio de la razón humana para saber que es inmoral abortar, que no se puede ir contra el ser humano, que se ha de estar de la parte del hombre, a favor del hombre. La sola razón es suficiente para reconocer el valor inviolable de cualquier vida humana. Siempre será válido que abortar es inmoral. Abortar no es progresista, ya que nunca será lícito ir contra el hombre hasta causar su destrucción, su muerte violenta. Abortar no es progreso, sino retroceso, no es luz, sino tinieblas y oscuridad. No es progresista pretender resolver los problemas eliminando una vida humana.
Además afirma usted: "España forma parte de Naciones Unidas y de la U.E. Y hay recomendaciones de la OMS para favorecer un aborto seguro. El modelo que España adoptó en 2010 es el que tienen los países desarrollados. Por tanto, seamos serios. Seamos serios salvo que queramos sacar a España de todos los organismos internacionales porque los consideremos rojos peligrosos."
Dice usted que cuestionar el aborto es volver a la Edad Media, y que es muy lamentable volver a unos conceptos prehistóricos. Mire usted Sra. Ministra, no hay nada más prehistórico, más retrógrado, más cavernícola, más rancio y más salvaje que mostrar un absoluto desprecio y una inhumana y escalofriante frialdad e indiferencia por la vida más pequeña, más débil y más inocente que puede haber, que e la vida de un ser humano en sus primeros nueve meses de gestación en el vientre materno. No hay nada más reaccionario, más fascista y más cavernícola que considerar a un inocente indefenso como una mera mercancía que se puede eliminar por un puñado de euros y cuyo execrable y abominable crimen se puede legalizar por un miserable puñado de votos.
Si eso, además lo hace, una persona que en su día juró velar con el máximo respeto por la vida humana y no violar los derechos humanos, es doblemente terrible y escalofriante. Y si además esa traición a los principios médicos que un día juró defender, se hace sin importarle nada tener su conciencia manchada de sangre inocente por un miserable puñado de votos y por un mezquino cálculo electoral, entonces estamos ante una persona que no merece ser en modo alguno Ministra de Sanidad del Gobierno de España.
Lo progresista es defender la vida, es defender al más débil, es defender al más indefenso. Defender la pena de muerte para un ser humano inocente, que no ha hecho nada, que no puede defenderse, y legislar para permitir que pueda ser ejecutado y se pueda destruir su vida por la mera voluntad de su madre, sin que haya causa alguna que lo justifique, negando al padre de la criatura a su vez, que pueda hacer algo jurídicamente para impedirlo, es una aberrante ignominia, es defender un execrable crimen, más propio del paleolítico, de la edad de piedra, de los neandertales, que de una sociedad libre, desarrollada y democrática del siglo XXI.
Cuantos más indefensos son los seres humanos, tanto más deben ser protegidos. Motivo por el cual los concebidos pero aún no nacidos, deben ser especialmente protegidos. Los niños por nacer, son los más débiles, indefensos e inocentes de todos, a quienes hoy se les quiere negar su dignidad humana en orden a hacer con ellos lo que se quiera, quitándoles la vida y promoviendo legislaciones para que nadie pueda impedirlo.
El deber de defenderlos no es obscurantismo, sino lo único que merece llamarse humanismo. Los mismos derechos humanos, y la misma dignidad humana, exige que sean defendidos. No podemos vendernos a los poderosos y a los ricos. Frecuentemente, para ridiculizar alegremente la defensa que muchos hacemos de sus vidas, se procura presentar esta postura como algo ideológico, oscurantista y conservador. Sin embargo, esta defensa de la vida por nacer está íntimamente ligada a la defensa de cualquier derecho humano. Supone la convicción de que un ser humano es siempre sagrado e inviolable, en cualquier situación y en cada etapa de su desarrollo. Es un fin en sí mismo y nunca un medio para resolver otras dificultades. Si esta convicción cae, no quedan fundamentos sólidos y permanentes para defender los derechos humanos, que siempre estarían sometidos a conveniencias circunstanciales de los poderosos de turno.
Basta el juicio de la razón humana para saber que es inmoral abortar, que no se puede ir contra el ser humano, que se ha de estar de la parte del hombre, a favor del hombre. La sola razón es suficiente para reconocer el valor inviolable de cualquier vida humana. Siempre será válido que abortar es inmoral. Abortar no es progresista, ya que nunca será lícito ir contra el hombre hasta causar su destrucción, su muerte violenta. Abortar no es progreso, sino retroceso, no es luz, sino tinieblas y oscuridad. No es progresista pretender resolver los problemas eliminando una vida humana.
Además afirma usted: "España forma parte de Naciones Unidas y de la U.E. Y hay recomendaciones de la OMS para favorecer un aborto seguro. El modelo que España adoptó en 2010 es el que tienen los países desarrollados. Por tanto, seamos serios. Seamos serios salvo que queramos sacar a España de todos los organismos internacionales porque los consideremos rojos peligrosos."
Sra.
Ministra, en ninguna norma de nuestro Ordenamiento Jurídico, ni en ningún
Tratado de Derecho Internacional se reconoce derecho alguno al aborto, sino
todo lo contrario. El sentido común, el Derecho Natural, el Derecho
Positivo de nuestro ordenamiento jurídico y el Derecho Internacional, ponen
claramente de manifiesto que no existe el derecho al aborto, porque no existe
el derecho a matar, lo que existe es el derecho a vivir. De todos los Tratados
de Derecho Internacional con fuerza vinculante, ratificados por España en
materia de derechos humanos, así como de otros Tratados regionales en esta
materia, se desprende claramente esta idea, sin ningún tipo de ambigüedad. Por
el contrario, lo que se recoge en todos ellos es la protección jurídica de la
vida humana, que los Estados partes se comprometen a garantizar.
Sra. Ministra, en materia de
protección jurídica del derecho fundamental a la vida no sólo existen
recomendaciones, sino Tratados Internacionales firmados y ratificados por
España, y que son vinculantes para los Estados miembros, y por lo tanto de
obligado cumplimiento. Entre estos tratados podemos citar entre otros:
La Declaración de Ginebra sobre los derechos
del niño, adoptada por la V Asamblea de la Sociedad de Naciones Unidas el
24 de septiembre de 1924, establece en su nº 1. “El niño debe ser puesto en condiciones de desarrollarse normalmente
desde el punto de vista material y espiritual”.
La Declaración Universal de los Derechos
Humanos aprobada en París,
por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948, en su artículo 3
reconoce el derecho a la vida de «todo individuo» por lo que comprende también al ser humano que ya ha sido
concebido, aunque todavía no haya nacido, pero que se encuentra en estado de
gestación. Textualmente, el artículo 3 dice: «Todo individuo tiene derecho a la vida, a la
libertad y a la seguridad de su persona.»
El Pacto Internacional de los Derechos Civiles
y Políticos, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas
mediante Resolución 2200A (XXI) de 16 de diciembre de 1966, en Nueva York,
Estados Unidos de América, que entró en vigor el 23 de marzo de 1976, de
acuerdo con el art. 49 de este Pacto y ratificado por España el 27 de abril de
1977, (BOE nº 103 de 30 de abril de 1977) establece en su art. 6: “El derecho a la vida es inherente a la
persona humana. Este derecho estará
protegido por la Ley. Nadie
podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. Y en su art. 24.1 dice: “Todo niño tiene derecho sin discriminación
alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o
social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su
condición de menor requiere, tanto por parte de su familia, como de la sociedad
y del Estado”.
El Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, adoptado por
la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 2200 A (XXI) de 16 de
diciembre de 1966, con entrada en vigor el 3 de enero de 1976, conforme al art.
27 del Pacto, (BOE nº 103 de 30 de abril de 1977) recoge en su art. 10 lo
siguiente: Los Estados Partes en
el presente Pacto reconocen que: 2. Se debe conceder especial protección a las
madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto.
3. Se deben adoptar medidas especiales de protección y asistencia en
favor de todos los niños y adolescentes, sin discriminación alguna por razón de
filiación o cualquier otra condición. Debe protegerse a los niños y
adolescentes contra la explotación económica y social. (…)
La Convención Internacional Sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad de la ONU, aprobada en Nueva York el
13 de diciembre de 2006, que entró en vigor en nuestro ordenamiento el 3 de
mayo de 2008, (BOE nº 96 de 21 de abril de 2008), señala en su art. 7: Los Estados Partes tomarán todas las medidas
necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen
plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad
de condiciones con los demás niños y niñas. Y en su art. 10 señala : Los Estados Partes reafirman el derecho
inherente a la vida de todos los seres humanos y adoptarán todas las medidas
necesarias para garantizar el goce efectivo de ese derecho por las personas con
discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.
La Declaración de los derechos del retrasado mental, adoptada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 2856 (XXVI) de 20 de
diciembre de 1971, recoge en su art. 1: “El
retrasado mental debe gozar, hasta el máximo grado de viabilidad, de los mismos
derechos que los demás seres humanos”.
La Declaración de los derechos de los impedidos, adoptada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas en su
Resolución 3447 (XXX), de 9 de diciembre de 1975, establece en su art.
3: “El impedido tiene esencialmente
derecho a que se respete su dignidad humana. El impedido, cualesquiera sean el
origen, la naturaleza o la gravedad de sus trastornos y deficiencias, tiene los
mismos derechos fundamentales que sus conciudadanos de la misma edad, lo que
supone, en primer lugar, el derecho a disfrutar de una vida decorosa, lo más
normal y plena que sea posible”.
La Declaración sobre los derechos del niño, adoptada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas en su Resolución 1386 (XIV) del 20 de noviembre
de 1959, dice en su art. 1º: “El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta
declaración. Estos derechos
serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o
discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones
políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia”.
Y en su art. 4º: “El niño debe gozar de los beneficios de la
seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con
este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados
especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a
disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados”.
La Convención sobre los derechos del niño, adoptada por la Asamblea General de las
Naciones Unidas en su Resolución 44/25 del 20 de noviembre de 1989, y entrada
en vigor el 2 de septiembre de 1990, (BOE nº 313 de 31 de diciembre de
1990) en su preámbulo se refiere expresamente al nasciturus y dice: “El niño, por su falta de madurez física y
mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección
legal, tanto antes como después del nacimiento”. Y en su art. 6 señala: “Los Estados
Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida”.
El Convenio
Europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades
fundamentales, adoptado en Roma el 4 de noviembre de 1950; recoge en su artículo 2 el
derecho a la vida y en su artículo 3 prohíbe los tratos inhumanos o
degradantes.
El Convenio Europeo para la protección
de los derechos humanos y de la dignidad del ser humano respectos a las
aplicaciones de la biología y de la medicina, hecho en Oviedo el 4 de
abril de 1997. (BOE nº 251 de 20 de octubre de 1999), recoge en su art. 2 la primacía del ser humano: “El interés y el bienestar del ser humano deberán prevalecer sobre el
interés exclusivo de la sociedad o de la ciencia”. Y su art. 11 se refiere
al Principio de No discriminación: “Se
prohíbe toda forma de discriminación de una persona a causa de su patrimonio
genético”.
La Carta Europea de los Derechos del Niño (DOCE nº C 241, de 21 de septiembre
de 1992), establece en su nº 9: “Todo niño tiene derecho a la vida. En caso de que los
padres o personas encargadas del niño no estén en condiciones de asegurar su
supervivencia y desarrollo, los Estados deberán garantizar al mismo la
protección y los cuidados necesarios, así como unos recursos mínimos dignos,
fomentando y facilitando la prestación de estos cuidados por parte de personas
o familias dispuestas a ello, o mediante la intervención directa de los poderes
públicos cuando lo anterior no sea posible”.
La Resolución nº 4376, del 4 de octubre de 1982
de la Asamblea del Consejo de Europa, decía: “La ciencia y el sentido común prueban que la
vida humana comienza en el momento de la concepción y que, en este mismo
momento, están presentes en potencia todas las propiedades biológicas y
genéticas del ser humano. Los padres
no tienen ningún derecho sobre la nueva vida, sino que tienen la obligación de
protegerla”.
La Recomendación 874/1979 de la Asamblea Parlamentaria del
Consejo de Europa sobre la Carta Europea de los Derechos del Niño, cuyo
apartado VI letra a) establece de manera inequívoca: “Los derechos de cada niño a la vida, alojamiento, alimentación
conveniente y entorno adecuado, desde el momento de
la concepción, deben ser reconocidos por los gobiernos nacionales, asumiendo la
obligación de hacer todo lo
necesario para la completa aplicación de este derecho”.
La
Recomendación 1046 adoptada por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de
Europa, el 24 de Septiembre de 1986. En
los puntos 5 y 8 se reconoce que la vida
es humana desde la fecundación. El punto 5 establece: “Considerando que desde la fecundación del
óvulo la vida humana se desarrolla de manera continua, si bien no se puede
hacer distinción en el curso de las primeras fases (embrionarias) de su
desarrollo, y que una definición del estatuto biológico del embrión aparece,
pues, como necesaria. El punto 8 de la Recomendación citada
establece: “Convencida de que, frente al
progreso científico que permite intervenir desde la fecundación sobre la vida
humana en desarrollo, es urgente determinar el grado de su protección jurídica”.
La Declaración de
los derechos del niño no nacido, adoptada por la Asamblea del Consejo de
Europa, en Estrasburgo, el 6 de octubre de 1979. “El niño
que va a nacer, debe gozar desde el momento de su concepción, de todos los
derechos anunciados en la presente Declaración. Todos estos derechos deben ser
reconocidos a todo niño que va a nacer, sin ninguna excepción ni
discriminación, basada en la raza, color, sexo, lengua, religión, origen
nacional o social, estado de desarrollo, estado de salud o las características
mentales y físicas ciertas o hipotéticas y toda otra situación que le
concierna, o concierna a su madre o familia. La ley debe asegurar al niño,
antes de su nacimiento, con la misma fuerza que después, el derecho a la vida
inherente a todo ser humano. En razón a su debilidad particular, el niño que va
a nacer debe beneficiarse de una protección especial”. (Preámbulo, Declaración
de los Derechos del Niño No Nacido, Asamblea del Parlamento de Europa).
“La ciencia biológica y genética establece que la vida de cada ser
humano, con todas sus características propias, empieza desde el momento de su
concepción (estando de acuerdo al afirmarlo así) no sólo los que reconocen la
vida como un don de Dios, sino también... aquellos que no comparten esta
convicción”.
Otros Tratados regionales también
reconocen de forma inequívoca el derecho a la vida:
La Convención Americana sobre Derechos Humanos,
suscrita en la
Conferencia Especializada interamericana sobre derechos
humanos, celebrada en San José de Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969 (Pacto
de San José) y entrada en vigor el 18 de julio de 1978, reconoce expresamente
en su art. 4 que el derecho a la vida está protegido «a partir del momento de
la concepción»: Artículo
4. Derecho a la vida: “Toda persona tiene derecho a que se respete
su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir
del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida
arbitrariamente”.
La Carta Africana de los Derechos del Hombre
y de los pueblos2, adoptada por la OUA, Organización para la Unidad
Africana, el 27 de junio de 1981 y entrada en vigor el 21 de octubre de 1986.
En su art. 4 establece que: “Los seres humanos son inviolables. Todo ser
humano tendrá derecho al respeto de su vida y de la integridad de su persona.
Nadie puede ser privado de este derecho arbitrariamente.”
El Consejo Fiscal de España, lo explica muy bien, en su Dictamen sobre
la actual ley del aborto en nuestro país
diciendo lo siguiente:
«La despenalización no puede
convertirse en un derecho. Hasta ahora el Tribunal Constitucional había
declarado la licitud de que en determinados casos límite el aborto quedara
despenalizado, basándose principalmente en la aplicación del principio de no
exigibilidad de otra conducta. Es decir: el aborto sigue siendo un mal, pues
supone la privación de la vida del nasciturus, que es un bien
constitucionalmente protegido. Dicho valor cede ante situaciones extremas, que
responden a las denominadas indicaciones terapéutica, ética o eugenésica. Pero,
en puridad, no puede hablarse de un derecho al aborto, pues ello supondría el
reconocimiento del derecho a eliminar a un ser humano distinto de la madre y
titular del derecho a la vida humana. (...) Con menos razón puede el derecho de
la madre a interrumpir voluntariamente su embarazo durante las primeras catorce
semanas de gestación ser considerado un derecho de tal categoría.
Y
el Consejo de Estado por su parte,
en su Dictamen sobre esta ley afirma lo siguiente:
«De la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional en
la que se mueve la presente consulta y del conjunto del propio texto del
anteproyecto no resulta un derecho al aborto (algo desconocido en los
ordenamientos de nuestro entorno susceptibles de ser tomados como modelos),
sobre el que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rehusado pronunciarse,
que ni siquiera se menciona en los instrumentos internacionales relativos a los
derechos de la mujer y cuya formulación carece de fundamento en nuestro
ordenamiento jurídico.»
Por su parte, el 16 de diciembre de 2010 la Gran Sala del Tribunal Europeo de
Derecho Humanos de Estrasburgo dictó sentencia en el Caso A.B. and C. v.
Irlanda (Caso nº 25579/05) donde textualmente establece que de acuerdo con la
Convención Europea «no existe un derecho humano al aborto». Más bien reconoce
en su fundamentación que lo que debe existir es una protección del «derecho a
la vida del no nacido», tal y como se lleva a cabo en la ley irlandesa.
Sra.
Ministra, no manipule más a la opinión pública española. Sobre las
recomendaciones internacionales, le recomiendo que se lea lo que dijo el
Consejo Fiscal de España en su informe preceptivo sobre la actual ley de aborto
en vigor en nuestro país, al analizar los instrumentos internacionales que se
mencionaban en su Exposición de Motivos para justificar esta ley:
“Frente a la desordenada yuxtaposición de una amalgama de
conceptos diversos, integrados en los derechos de autonomía y libertad de las
mujeres especialmente relacionados con la protección de la salud sexual y
reproductiva, nos encontramos que el “derecho a decidir”, como tal,
en materia de terminación voluntaria del embarazo, no está expresamente
reconocidos en los instrumentos internacionales invocados en la Exposición de
Motivos. Por el contrario, debe ponerse de relieve la claridad de los principios
del Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos que protegen la vida
del no nacido.
En efecto, los tratados internacionales en materia de
derechos humanos, textos formalmente negociados, firmados y ratificados por los
Estados, no establecen el derecho al aborto y en ningún caso demandan que los
Estados lo despenalicen. Por tanto, no se puede afirmar que el aborto forma
parte de las obligaciones internacionales. De hecho la claridad referida de los
tratados internacionales, se proyecta sobre la protección de la vida pendiente
de ser alumbrada.
En particular, ni el Convenio Europeo de Derechos
Fundamentales y Libertades Públicas (1950, en su art. 23), ni el Pacto
Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966), cuyo art. 6 (1)
establece que “Todo ser humano tiene el derecho inherente a la vida. Este
derecho será protegido por la ley. Nadie será privado
arbitrariamente de su vida”; ni el Pacto Internacional de los Derechos Sociales
y Culturales (1966), cuyo art. 12 se limita a declarar “el derecho de toda
persona de disfrutar del más alto nivel de salud mental y física” ; ni la Convención
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
(1979) y la Convención de Derechos del Niño (1989)5; así como la Convención de
derechos de personas con discapacidad (2006), incluyen de manera alguna el
derecho al aborto, ni hacen mención al mismo, más bien al contrario defienden
la protección del nasciturus.
Mención especial merece la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, 1979,
firmado por España el 17 de julio de 1980 y ratificado el 5 de enero de 1984),
se trata de un Convenio Internacional de carácter vinculante, cuyo texto fue
cuidadosamente redactado por los Estados parte sin mencionar la palabra aborto.
Por lo tanto, de acuerdo con los tratados mencionados, España
no queda obligada a reconocer en su legislación derecho alguno a la
“interrupción voluntaria del embarazo” o bien a despenalizar el aborto.
Sra. Ministra
esto es lo que dice el Consejo Fiscal de España.
En
materia de recomendaciones internacionales debe usted saber, que la ley del
aborto de 2010 que usted defiende, ha motivado que hasta Naciones Unidas nos
llame la atención y recomiende al Estado español su modificación. En concreto
ha sido el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de
Naciones Unidas, encargado de velar por el cumplimiento por los Estados Partes,
de la Convención
Internacional Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU.
Esta convención fue aprobada en Nueva York el
13 de diciembre de 2006, y entró en vigor en nuestro ordenamiento el 3 de mayo
de 2008, (BOE nº 96 de 21 de abril de 2008). Este Comité de Naciones Unidas
recomendó al Estado español, en su informe de 19 de Octubre de 2011, que
suprimiese la distinción hecha en la
Ley del aborto de Rodríguez Zapatero, en cuanto al plazo dentro del cual la ley
permite que se interrumpa un embarazo por motivos de discapacidad
exclusivamente, por ser ello contrario al contenido de dicha Convención
Internacional firmada y ratificada por España. Mientras que a los niños
concebidos sanos nuestra legislación permite que sean eliminados durante las
primeras 14 semanas, aquellos niños concebidos con alguna enfermedad incurable
la ley actual permite que puedan ser eliminados sin plazo alguno de tiempo.
Sra. Ministra, si de verdad quiere usted equiparar España con el resto de
Europa, empiece por regular la objeción de conciencia de los profesionales
sanitarios con respecto al aborto, pues España es el único país de la Unión
Europea junto con Suecia que no regulan la objeción de conciencia
respecto a este tema.
De los 28 países que componen la
Unión Europea, España es el país que permite el aborto en un plazo más amplio
de tiempo, junto con Suecia y Holanda. De esos 28 países, en uno el aborto está
totalmente prohibido, Malta, y en los 27 restantes, más de la mitad no tienen un modelo de ley de
plazos sino una ley de supuestos concretos, es decir, exigen la concurrencia de
alguna causa determinada para que el aborto se pueda realizar (Irlanda,
Bélgica, Chipre, Francia, Reino Unido, Finlandia, Polonia, Luxemburgo, Italia,
Holanda, Hungría, Alemania, República Checa y Eslovaquia. (España también
estuvo en este grupo hasta el año 2010).
Y del resto de países que tienen
un modelo de ley de plazos como España, dentro de la Unión Europea, hay que
tener en cuenta que entre estos Estados, además de Suecia, Dinamarca o Austria, se encuentran las legislaciones de los
últimos Estados incorporados a la Unión Europea (Croacia, Estonia, Letonia, Lituania, Bulgaria, Rumania, Eslovenia)
con legislaciones en materia de aborto legataria de regímenes no democráticos
claramente pro-abortistas en base a razones ideológicas y demográficas,
incompatibles con los derechos fundamentales.
Por lo tanto, Sra. Ministra,
seamos serios, afirmar que la ley de plazos del año 2010 nos asemejaba a los
países de nuestro entorno es una afirmación falsa, que no se corresponde con la
realidad, pues como hemos visto, dentro de la Unión Europea, la mayoría de los
Estados que la componen han optado por una ley de supuestos, y no de plazos.
Además
afirma usted: Pero si, además, dificultamos el aborto seguro entramos en un campo peligroso no sólo para la libertad, sino para la salud.
Sra. Ministra, ¿a la salud de quien se refiere usted? ¿Se refiere a la salud de los 920.000 seres humanos (casi un millón) que desde que entró en vigor la actual ley del aborto en España en 2010, ya han sido ejecutados y cuya salud ya nadie podrá recuperar nunca? ¿Se refiere a los 2,4 millones de seres humanos eliminados en nuestro país desde que se legalizó el aborto en 1985? ¿Se refiere usted a la salud de las miles y miles de madres condenadas a sufrir el síndrome post aborto (SPA), cuyas secuelas psicológicas les durarán toda la vida? Pues como dijo el doctor John C. Willke en una ocasión: «Es más fácil sacar al niño del útero de su madre que sacarlo de su pensamiento».
Sra. Ministra, ¿a la salud de quien se refiere usted? ¿Se refiere a la salud de los 920.000 seres humanos (casi un millón) que desde que entró en vigor la actual ley del aborto en España en 2010, ya han sido ejecutados y cuya salud ya nadie podrá recuperar nunca? ¿Se refiere a los 2,4 millones de seres humanos eliminados en nuestro país desde que se legalizó el aborto en 1985? ¿Se refiere usted a la salud de las miles y miles de madres condenadas a sufrir el síndrome post aborto (SPA), cuyas secuelas psicológicas les durarán toda la vida? Pues como dijo el doctor John C. Willke en una ocasión: «Es más fácil sacar al niño del útero de su madre que sacarlo de su pensamiento».
Una psiquiatra española, la
doctora Carmen Gómez Lavín, explica que las consecuencias
psicológicas del aborto que se dan con más frecuencia son «cuadros depresivos que se acompañan
de un sentimiento grande de culpabilidad».
Una psiquiatra canadiense, la doctora Susan
Standford, ha relatado su propia experiencia con el SPA explicando sus tres
fases: desasosiego y tristeza; se revive continuamente el momento traumatizante
del aborto de un modo muy profundo; y finalmente una gran depresión. El peligro
real para la salud de la mujer que es madre gestante, Sra. Ministra, es
someterla a la eliminación de la vida que lleva dentro
y arrancarle a su hijo de sus entrañas para matarlo, porque ese hecho quiera o
no quiera le acompañará toda su vida.
O
quizás se refiere usted a que la abolición del aborto sería peligroso para la
salud del gran negocio abortista que existe en nuestro país, el impresionante y
lucrativo negocio de los mercaderes de la muerte en España, que con la ley del
aborto de 2010 de Rodríguez Zapatero, han visto crecer su saludable negocio de
manera espectacular. Si en 2010 en España eran 146 los negocios privados dedicados a la muerte de seres humanos en
gestación, centros abortistas acreditados, en 2012 subieron hasta 188. Actualmente son 191. El negocio del aborto es de los
pocos que, en plena crisis, supo mantener el tipo, con una facturación que
supera los 56 millones de euros al año, por cierto, pagados con el
dinero de todos los españoles. Según asegura la patronal del aborto en España, ACAI, cada intervención cuesta entre 350 y 500 euros. Esto supone una facturación estimada
durante un cuarto de siglo que rondaría los mil millones de euros.
Sra.
Ministra, defender la legalización del aborto, no es defender a la mujer, sino
que por el contrario es defender los intereses del lobby abortista
internacional, el lobby de la muerte, representado en España por la asociación
ACAI (Asociación de centros acreditados para la Interrupción del Embarazo)
formado por empresarios sin escrúpulos que facturan millones de euros cada año,
y a los que nos les importan tener sus manos manchadas de sangre inocente, por
un puñado de euros, a cambio de segar cientos de miles de vidas humanas y de
condenar a otras tantas mujeres a sufrir el síndrome post aborto durante gran
parte de sus vidas.
Seamos
serio, Sra. Ministra, no vuelva a utilizar nunca más el argumento de la salud
para justificar la gran matanza de inocentes que se lleva a cabo en nuestro
país cada año, 300 niños cada día, porque eso es un insulto a la inteligencia
de todos los españoles.
Y por
último afirma usted: “El debate sobre el aborto ya se mantuvo y ya se superó en este país”.
Sra.
Ministra, ¿qué es lo que se ha superado? Tenemos una ley en vigor que fue aprobada
sin consenso social, ni político ni parlamentario, y que está recurrida ante el
Tribunal Constitucional desde el año 2010.
La ley
actual sólo fue aprobada en el Congreso de los Diputados, con
184 votos a favor, y 158 en contra y una abstención. Votaron a favor: PSOE, PNV, ERC-IU-ICV, BNG, Na-Bai y dos diputados de
CiU, que dio libertad de voto. Votaron en contra del texto: PP, UPyD, UPN,
Coalición Canaria y siete diputados de CiU. La única abstención fue también un
diputado CiU. La
votación pone de manifiesto la profunda división existente en el arco
parlamentario, y el escaso margen de votos por la que fue aprobada, sólo 8
votos más de los 176 necesarios.
Después
de 9 años de espera, los miembros que componen el Tribunal Constitucional de
forma bochornosa, aún no han sido capaces de copiar y pegar en una sentencia lo
mismo que ya dijeron sobre este asunto en las sentencias de 11 de abril de 1985
y posteriores, en las que decía que La vida del nasciturus es un bien
constitucionalmente protegido y que el Estado tiene la obligación de garantizar
la vida, incluida la del «nasciturus». Y que dicha protección implica la
asunción por el Estado de una doble actuación positiva:
a) la de abstenerse de interrumpir u obstaculizar el
proceso natural de gestación,
b) la de establecer un sistema legal para la defensa de la
vida que suponga su protección efectiva.
Especial mención, debe realizarse, a la discriminación con la que son tratadas en la actual ley de aborto libre en España, lo niños concebidos con alguna malformación, quienes pueden
ser eliminados y ejecutados en el seno de sus madres, sin causa alguna que lo
justifique durante los nueve meses de gestación. Ojalá los políticos como usted,
que defienden esta ley cruel, tuvieran la mitad de la sensibilidad y de la
capacidad de amar y comprender que tienen muchos niños discapacitados, como los
niños con síndrome de Down, o los niños con espina bífida, esos a los que esta
norma niega su derecho natural a nacer y a vivir. Quienes defienden que estos
niños puedan ser eliminados, en el fondo les gustaría una raza pura y perfecta,
sin niños con malformaciones, sin niños discapacitados, sin niños con síndrome
de Down, sin niños con espina bífida, o sin niños a los que les pueda faltar un
dedito por ejemplo.
Estos
políticos, a pesar de intentar presumir de “progres” y de asumir para ello las
tesis más rancias, radicales y casposas del socialismo español, lo único que
consiguen es parecerse o identificarse con los ideales que perseguía y defendía
Adolf Hitler, quien al igual que ellos, también buscaba la pureza de la raza.
Sus tesis son idénticas a las tesis de los nazis.
La brutalidad
de la mentalidad eugenésica, subyace en
la ley del aborto de 2010 actualmente en
vigor, que usted defiende Sra. Ministra, y que fue aprobada por el Gobierno
socialista de Rodríguez Zapatero. Las personas que no vengan libres de
enfermedades o malformaciones están condenadas
a no nacer. Cabe recordar que este tipo de políticas están en la línea
del sueño eugenésico nazi.
Salvando las distancias del tiempo y las técnicas empleadas, la actual ley del
aborto, tiene aspectos en común con el programa nazi de esterilización y eutanasia
Aktion T4, que tenía como
objetivo principal una mejora de la
raza.
El Aktion T4 constituía un sistema de selección para determinar
quién tenía derecho a vivir, y quien no, de entre los ciudadanos más
vulnerables. El programa eliminaba a personas señaladas como enfermos
incurables, niños con taras hereditarias, delincuentes, enfermos mentales,
discapacitados físicos, homosexuales y, en general, adultos o ancianos
considerados “improductivos”. Los nazis no fueron los únicos en aplicar estas técnicas, de
hecho este aspecto del movimiento impulsado por Hitler era heredero de la doctrina
eugenésica internacional constituida por organizaciones a favor de la
esterilización masiva, aplicada a gente señalada como enfermos hereditarios y
establecida en países como Estados Unidos, Australia, Reino Unido, Suecia,
Noruega, Francia, Finlandia, Dinamarca o Suiza.
El
salto a nuestros días encuentra su respuesta en la actual ley del aborto de 2010. El diagnóstico prenatal generalizado eliminará grupos enteros de personas
como las afectadas por el síndrome de Down, las que presentan cuadros de
enfermedad mental por vínculos genéticos, como trastorno bipolar, o los sordos.
De esta forma ya no se recurre a la esterilización, sino al diagnóstico precoz, donde el médico
está obligado a participar. Y se practica el aborto eugenésico ante el mínimo defecto a considerar por parte de
quien se somete a las pruebas. Como ocurría entonces, también se ejerce una
gran presión social para que
estas prácticas se consideren, no sólo normales,
sino recomendables.
Sra. Ministra,
los niños con síndrome de Down, todos los niños con alguna malformación y todos
los niños discapacitados, tienen el mismo derecho a nacer que todos los demás,
aunque haya políticos a los que les gustaría que se pudieran matar impunemente
en el vientre de sus madres, antes de llegar a nacer. Tenga usted la seguridad
que no hay mayor discapacidad que la de no ver ni entender que todos los seres
humanos somos iguales en dignidad y derechos.
El Papa
Francisco ha resumido muy bien esta idea el pasado 15 de junio con las
siguientes palabras: "El siglo pasado todo el mundo estaba escandalizado por lo que hacían los nazis para cuidar la pureza de la raza, sin embargo, hoy hacemos lo mismo, pero con guantes blancos".
Sra. Ministra, le recomiendo que
se repase lo que dice nuestra Carta Magna en sus artículos 14 y 15. Art. 14: “Los españoles son iguales ante la Ley , sin que pueda prevalecer
discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o
cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Art. 15:
“Todos tienen derecho a la vida y a la
integridad física y moral…”.
En
definitiva, Sra. Ministra, ¡No existe el derecho a matar!, ¡Existe el derecho a
vivir!, también para los niños con síndrome de Down, y para los niños con
espina bífida y para todos los niños con retraso mental, y en definitiva para
todos los niños discapacitados del mundo entero, Sra. Ministra, dentro y fuera
del vientre de sus madres.
Sra. Ministra de Sanidad, le
insto y le invito a que cambie su forma de pensar en este tema y descubra la
belleza de defender la vida, de defender el derecho a nacer y el derecho a
vivir de todos los seres humanos y muy especialmente de los más débiles, de los
más indefensos y de los más “imperfectos”, esos a los que parte de esta
sociedad que piensa como usted, les gustaría ver muertos y tirados en un cubo
de basura antes que verlos nacer y vivir con su discapacidad, en igualdad de
derechos y con las mismas oportunidades que el resto de ciudadanos.
Los
defensores de la legalización del abominable crimen del aborto, pensáis que el
hecho de defender que se pueda acabar con impunidad con la vida de seres
humanos inocentes en el seno de sus madres os convierte en personas
progresistas. Pero déjeme decirle Sra. Ministra, que nada más lejos de la
realidad, pues por el contrario, vuestra postura os retrotrae a la época de los
romanos, donde el Rey Herodes el Grande ordenó la “matanza de los inocentes”,
matar a los niños recién nacidos en la misma época y lugar que Jesús de
Nazaret, cumpliendo así con la profecía de Jeremías (31:15) y demostrando de esta manera su
desprecio más absoluto por el valor de la vida humana. O incluso, se puede
afirmar, que la defensa de la cultura de
la muerte y de la legalización del abominable crimen del aborto, sitúa a
quienes lo defienden en la era de la caverna, donde la ley del más fuerte era
la que primaba sobre los demás y donde por supuesto no se tenía ni remota idea
de lo que eran los derechos humanos.
Sra. Ministra,
le reitero que, en el siglo XXI, lo progresista es defender la vida, defender
al más débil e indefenso de nuestra sociedad como es el concebido y aún no
nacido, y por supuesto defender a las mujeres que tienen dificultades para
sacar su embarazo adelante, exigiendo a nuestros gobernantes políticas y
legislaciones que protejan real y eficazmente la maternidad, y luchando para
que nadie pueda hacerse millonario a costa de condenar a cientos de miles de
mujeres a tener un hijo muerto en un abortorio y condenándolas con ello a
sufrir las terribles consecuencias del síndrome post aborto durante gran parte
de sus vidas.
Le invito a reflexionar
serenamente, sobre las consideraciones que les formulo en esta carta, y al
mismo tiempo le invito a que sea Usted valiente, cambie de actitud y sea fiel
al juramento hipocrático que un día hizo para poder ejercer la medicina.
Sin duda alguna, a las
generaciones futuras les costará mucho trabajo entender como hubo un tiempo en
España, donde el Estado y las leyes permitían acabar con la vida de inocentes
antes de llegar a nacer, incluso sin que existiera causa alguna que lo
justificara. Ellos y la historia nos juzgarán. Por eso, no me cansaré nunca de
invitarle a defender en este tema, postulados más humanos y sensatos, acordes
con el sentido común y con su conciencia que estoy convencido le dictará el
camino correcto.
Atentamente,
José Antonio Barragán Dorantes
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