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viernes, 30 de julio de 2021

CARTA ABIERTA A LA MINISTRA DE DERECHOS SOCIALES IONE BELARRA

 


SRA. MINISTRA DE DERECHOS SOCIALES Y SECRETARIA GENERAL DE PODEMOS DOÑA IONE BELARRA URTEAGA

Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030 
C/ Paseo del Prado, nº 18-20
28014 Madrid
E-mail: ione.belarra@congreso.es
Telf.: 91 596 10 00

                                          Lebrija (Sevilla), a 28 de Julio de 2021

"Al otorgar derechos a otros que les pertenecen,
nos otorgamos derechos a nosotros mismos y a nuestro país"
Jhon Fitzgeral Kennedy

Estimada Sra. Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030 y Secretaria General de Podemos Doña Ione Belarra Urteaga: 

El pasado 23 de julio, en el marco de los Cursos de Verano organizados por la Universidad Complutense de Madrid, ha llamado usted a lograr "de una vez por todas acabar" con los Acuerdos entre el Estado y la Santa Sede que datan de 1979, así como poder sacar la asignatura de Religión en las escuelas públicas, y espera que la postura del PSOE "no se quede en papel mojado".  

Preguntada usted sobre una información relativa a los planes del Partido Socialista de llevar a su próximo Congreso Federal los Acuerdos con la Santa Sede, ha deseado usted que esa posición no quede "en papel mojado" porque, en muchas ocasiones, han visto que "aparentemente se sumaban a la laicidad", pero cuando luego se tenían que tomar "decisiones difíciles" de cara a terminar con los "privilegios de la Iglesia Católica", "no hemos encontrado" el apoyo de los socialistas.

Concretamente, ha citado usted la reversión de las inmatriculaciones "ilegales" de la Iglesia o reclamar que abonen el IBIE en sedes y templos, para que se "corresponsabilicen" con los ingresos del conjunto del Estado. 

Sra. Belarra, permítame que le explique algunas cuestiones, que como se puede observar, por su tierna edad, tiene usted bastante confusas, quizás porque nadie se las ha explicado nunca, y por ello va siendo hora de que alguien se las explique.

Acabar de una vez por todas con los Acuerdos ente el Estado y la Santa Sede de 1979

Sra. Ministra, es lamentable para la gente del pueblo, que los políticos como usted, y todos los de su casta, estén más preocupados en desenterrar muertos del siglo pasado, abrir tumbas y derribar cruces de piedras, que en resolver los verdaderos problemas de los españoles, como son la grave crisis económica que atraviesa nuestro país, la falta de vivienda, o la falta de empleo para nuestros jóvenes.

Desde que los cascotes del muro de Berlín cayeron sobre vuestras cabezas en 1989, y el mundo entero pudo contemplar con estupor los estragos que el comunismo real había hecho en todos los países de la Europa del Este, dejando una estela de hambre y miseria como pocas veces se ha visto a lo largo de la historia, toda la izquierda europea ha tenido que reinventarse a si misma, buscando un nuevo neo-marxismo versión 2.0

Descartada la bandera de la economía, donde nada podéis hacer, habéis tenido que levantar nuevas banderas ideológicas con las que justificar vuestra propia existencia. La lucha de clases ha tenido que ser sustituida por la lucha de sexos. La ideología de género, la cultura de la muerte, y como no, también habéis tenido que volver a levantar la bandera del anticlericalismo rancio y casposo de los años 30 del siglo pasado… Y todo ello, no para buscar el bien común, sino para reinventar una ideología sectaria al servicio de unos pocos allegados al aparato del partido. La bandera de la hoz y el martillo, ya no os sirve, desde que fuera retirada del Krenlim en la Navidad de 1991 y desde entonces seguís en búsqueda de vuestra propia identidad perdida.

Es una afirmación falsa decir que los Acuerdos del Estado Español con la Santa Sede sean preconstitucionales, pues estos Acuerdos fueron firmados el 3 de enero de 1979, y publicados en el B.O.E. el 15 de Diciembre de 1979, mientras que nuestra Constitución fue publicada en el B.O.E. el 29 de diciembre de 1978, día en que entró en vigor. Por lo tanto quienes afirman que son Acuerdos pre-constitucionales ignoran nuestra historia constitucional contemporánea.

Es precisamente nuestra Constitución de 1978, la base de estos Acuerdos, pues ella señala en su artículo 16.1 que: «Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley». Y en el 16.3 recoge que «Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesias Católica y demás confesiones».

Por lo tanto Sra. Belarra, según nuestra Carta Magna, España no es un Estado laico, sino un Estado aconfesional, que es muy diferente. Así lo ha establecido nuestro Tribunal Constitucional en numerosas sentencias, (SSTC 24/1982, 265/1988, 166/1996, 6/1997 entre otras). Dicho Tribunal ha indicado que el artículo 16.3 de la Constitución tras formular una declaración de neutralidad de los poderes públicos en materia religiosa, inmediatamente después establece para los mismos el mandato constitucional de "tener en cuenta" el hecho religioso en atención al factor social y la obligación de cooperar con las distintas confesiones (SSTC 24/1982, 340/1993, 177/1996, 46/2001, 101/2004, 38/2007, 51/2011 entre otras).

El estado aconfesional se distingue del laico en que, el primero sí reconoce valora y estima el sentimiento religioso de su pueblo, por tanto no solamente práctica la tolerancia religiosa, sino que protege, apoya, fomenta y hasta llega a financiar en forma equitativa las diferentes confesiones religiosas practicadas por su población.

Sra. Ministra, gracias a estos Acuerdos del Estado Español con la Santa Sede, nuestros soldados en misiones de paz en el extranjero, pueden celebrar la misa el día de Navidad, a pesar de estar a miles de kilómetros de sus familias y de nuestra patria. No sé en que beneficia al bien común retirar los capellanes castrenses y la asistencia religiosa a nuestras Fuerzas Armadas. Como tampoco se en que beneficiaría al bien común, retirar las capillas de los hospitales públicos de España, donde los familiares pueden ir a rezar por sus seres queridos enfermos o que se encuentran en los últimos momentos de su vida. Retirar los capellanes de los centros sanitarios, impedirían que estos puedan prestar su ayuda y su consuelo a todos los enfermos que así lo reclaman así como poder administrar los sacramentos de la unción de enfermos, la penitencia o la Eucaristía a todos los enfermos que desean recibirlos y que por su situación deben permanecer hospitalizados.

También desconozco, en que beneficiaría al bien común, retirar a los capellanes penitenciarios de las cárceles de nuestro país, donde desarrollan una extraordinaria labor social y de acompañamiento a la reinserción de miles de reclusos. ¿Conoce usted esta labor señora Ministra?

Sra. Belarra, usted no busca el bien común. Usted sólo busca levantar la bandera del anticlericalismo radical, rancio, casposo y trasnochado, del siglo pasado, para intentar repescar un puñado de votos en los sectores más radicales y sectarios, de este país.

Lograr de una vez por todas sacar la asignatura de religión en las escuela públicas

Asimismo, manifiesta usted que desea lograr de una vez por todas sacar la asignatura de religión en las escuelas públicas.    

Sra. Belarra no comprendo cómo puede ser ministra de Derechos Sociales alguien que pretende negar a los niños y jóvenes el primer derecho social, como es la educación, en este caso religiosa, y el derecho que asiste a los padres de hacer que sus hijos reciban la educación religiosa o moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, como así lo recoge el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966, así como el artículo 27 de la Constitución Española de 1978, que expresamente reconoce que “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.”

Poner como ministra de Derechos Sociales a alguien que pretende suprimir de forma arbitraria y sectaria, el ejercicio del primer derecho social fundamental como es el derecho a la educación, en una de sus vertientes como es la religiosa, es como poner a un pirómano confeso al frente de los bomberos forestales.

Según los datos facilitados por la Comisión Episcopal para la Educación y Cultura, en el curso 2020-2021 un 60,59 % del alumnado ha optado de forma libre y voluntaria por la asignatura de religión católica.

¿Por qué pretende usted negar este derecho social fundamental a la mayoría del alumnado de España Sra. Ministra?

En total, en este curso académico, han sido 3.255.031 alumnos los que han elegido enseñanza de Religión Católica, desde Educación Infantil hasta Bachillerato. Sra. Belarra, tendrá que explicarle usted a esos más de tres millones de alumnos, por qué en lugar de buscarles cómo mejorar su educación, con nuevos recursos materiales, humanos, y técnicos, lo que pretende usted es prohibirles que puedan ejercer su derecho constitucional a recibir educación en la asignatura de religión. Tendrá usted que explicarles a todos ellos, que no es por buscar el bien común, sino que simplemente, es por servir a una ideología sectaria, casposa y trasnochada como es el comunismo radical ateo y anticlerical, que usted pretende llevar a todas las aulas de nuestros centros educativos, cercenando derechos fundamentales, tanto de padres como de alumnos.

Terminar con los «privilegios de la Iglesia católica

Sra. Ministra, en España la Iglesia Católica no tiene ningún privilegio. El único privilegio que tiene la Iglesia Católica en España es poder servir cada día con amor y sacrificio, a los miles de excluidos y marginados que el Estado no es capaz de atender.

Más bien, son usted y los políticos de su casta, los que acumulan para si todos los privilegios posibles que se pueden tener en este país, desde unos sueldos privilegiados y escandalosos, hasta vuestro coche oficial con chofer propio, que pagamos todos los españoles. Usted tiene un sueldo anual de 74.858,16 euros brutos, Sra. Belarra. Eso sí que es un privilegio del que no puede disfrutar la clase trabajadora de este país. Por no citar la cantidad de asesores que les rodean y que también les tenemos que costear con nuestros impuestos toda la gente del pueblo.

Estos innumerables privilegios, de los que su casta goza, son los que hacen posible por ejemplo, que usted haya abierto una contratación para renovar el vestuario de los escoltas y demás personal de su departamento gubernamental. Usted va a gastar 55.185 euros, de todos los españoles, en cientos de prendas para que sus asistentes luzcan de etiqueta.

En el Portal de Contratación aparece una licitación titulada «Adquisición de vestuario de verano e invierno para el año 2021, con destino a diverso personal laboral del departamento y escoltas». Para estos, usted ha encargado 225 trajes de vestir, 25 zapatos negros de señora y de caballero, 100 calcetines negros de verano, 100 camisas y blusas de vestir y 25 corbatas y pañuelo de vestir». También se piden cientos de americanas, pantalones, zuecos, pijamas y otras prendas para otras categorías de personal laboral. 

Cómo seréis los podemitas de estrictos que hasta determináis la composición de las americanas (45% de lana y 55% de poliéster). En el colmo de la exigencia, el Ministerio controlará la calidad de las muestras y las empresas podrán ser requeridas por el Ministerio para «realizar los cambios de las prendas y las modificaciones precisas hasta la conformidad en la recepción».

Sra. Belarra, usted y los políticos de su casta, que consideráis que un traje es una imposición capitalista queréis ver al servicio vestido de etiqueta. La ultraizquierda es así: presumen de vestir sin clichés, sin ataduras. Pero en cuanto pisáis moqueta os volvéis unos clasistas de tomo y lomo y obligáis a los escoltas y personal laboral a vestir de traje y corbata. Y cuidado, que la composición de las americanas tienen que llevar, sí o sí, un 45% de lana y 55% de poliéster.

Reversión de las inmatriculaciones «ilegales»

Sra. Ministra, solicita usted públicamente la reversión de las inmatriculaciones que ha realizado la Iglesia Católica en España a las que califica como “ilegales”.

 

Cualquier persona que tenga conocimiento que se ha producido un hecho ilegal tiene el deber de ponerlo en conocimiento de la justicia. Si usted tiene conocimiento de alguna ilegalidad ¿Por qué no lo hace? Imputar a cualquier persona física o jurídica un hecho ilícito sin demostrar que lo es, puede ser constitutivo de un delito de calumnias, en su caso, con el agravante de ser un responsable público.

Sra. Ministra, usted pone en duda la capacidad de la Iglesia para poseer bienes materiales y para inscribirlos en el Registro de la Propiedad. Insinúa usted que la inclusión de los bienes de la Iglesia en el Registro de la Propiedad se ha realizado de manera fraudulenta.


Debe usted saber Sra. Belarra, que la Iglesia, el Pueblo de Dios, está formada en España por más de 40.000 instituciones, registradas legalmente, y con capacidad de poseer bienes. Cada una de esas instituciones diócesis, parroquias, comunidades religiosas activas o contemplativas, institutos seculares, sociedades de vida apostólica, etc. pueden tener sus bienes para realizar la misión que se les ha confiado. Lo pueden hacer como cualquier otra institución civil, social, deportiva, científica, académica que concurren en el espacio público y trabajan en el tejido de la sociedad.

 

Conocer la historia resulta imprescindible.

La Iglesia llegó a la península Ibérica en el siglo I. Durante siglos, el Pueblo de Dios fue construyendo lugares de culto, templos, parroquias o basílicas. Con la organización en diócesis fueron construyéndose las catedrales, y con la aparición de las órdenes religiosas comenzaron los monasterios, abadías y cenobios. Según crecía su presencia surgieron rectorías y seminarios, y la Iglesia recibía donaciones de tierras, fincas, etc. para el sustento de los sacerdotes y la ayuda a los necesitados.

Entonces no se cuestionaba la propiedad de los templos, los edificios y las tierras. Parecía evidente a quién pertenecía la catedral de Burgos, el monasterio de Montserrat o una pequeña ermita “perdida” de cualquier pueblo de España.

Lo mismo sucedía en el ámbito civil con los ayuntamientos y con los edificios públicos y con muchos otros bienes de particulares. No existía la necesidad de garantizar la propiedad de estos bienes porque nadie dudaba de quién eran ni lo ponía en cuestión.

En 1863 se crea en España el Registro de la Propiedad, a partir de la ley hipotecaria de 1861. Con él se pretende conseguir tres objetivos: dar certidumbre al dominio a los demás derechos reales sobre la cosa; posibilitar la libre circulación de la propiedad inmobiliaria; y asentar sobre sólidas bases al crédito territorial.

La inscripción de bienes en este registro no otorga la propiedad, sino que tiene simplemente una función probativa o certificativa, lo que otorga seguridad jurídica, pero no tiene función constitutiva de la propiedad.

En los dos primeros decretos que desarrollan el funcionamiento de este Registro (en junio y noviembre de 1863) se anima a las instituciones públicas y a la Iglesia a registrar sus bienes, para que el Registro acogiera ya desde el comienzo una buena parte de las propiedades que había en España.

Desde ese momento, las instituciones públicas y la Iglesia tienen la capacidad de inmatricular por certificación, un sistema especial para inscribir aquellos bienes de los que no es posible mostrar un título de propiedad, por ejemplo, por su antigüedad o por razones históricas.

El decreto impedía a la Iglesia ya entonces (y así fue hasta 1998) inmatricular los templos (iglesias y ermitas) pues la propiedad era evidente y esos templos no podían ser objeto de comercio.

Es a partir de este momento cuando empieza a inscribir sus bienes para garantizar la identidad, finalidad y uso de estos inmuebles. La Iglesia ejerce el derecho a inmatricular sus bienes porque tiene la obligación de custodiar y mantener lo que le han sido confiado.

¿Qué ha registrado la Iglesia a su nombre?

La Iglesia ha inmatriculado los bienes que durante siglos el pueblo “católico” ha construido y confiado a la Iglesia para que ésta pudiera realizar su labor: el anuncio del Evangelio (apostolado), la celebración de la fe (culto) y el ejercicio de la caridad (servicio). Los bienes de la Iglesia se destinan precisamente a estos fines.

Ha inmatriculado también otros bienes recibidos a través de legados y herencias, que han sido destinados, de un modo u otro a los mismos fines. La Iglesia tiene la obligación de custodiar y mantener los bienes que le han sido confiados afectándolos a sus fines propios y poniéndolos a disposición de la sociedad, con independencia y colaboración con los poderes públicos, al servicio del pueblo cristiano.

La inmatriculación por certificación de la Iglesia

Para inmatricular un bien en el Registro de la Propiedad es necesario acreditar el título de propiedad, realizar un expediente de dominio, o mediante certificación. Este último mecanismo, la certificación, consiste en inscribir “los bienes inmuebles que les pertenezcan mediante la oportuna certificación librada por el funcionario a cuyo cargo esté la administración de los mismos, en la que se expresará el título de adquisición o el modo en que fueron adquiridos”.

 

Así lo han podido hacer las instituciones de la Iglesia hasta el año 2015, con aquellos bienes que posee y mantiene desde tiempo inmemorial. 

Hasta ese año, la inscripción de los bienes de la Iglesia católica tenía el mismo régimen legal que la inscripción de los bienes del Estado, y se pudieron inmatricular los bienes de la Iglesia de la misma forma y con idéntica tramitación.


Otro elemento resulta especialmente importante. Desde el comienzo del Registro y hasta 1998 no se permitió a la Iglesia la inmatriculación de los templos. Esta restricción suponía una discriminación ya que la Iglesia católica era la única confesión religiosa en España que no podía inmatricular sus lugares de culto. El art. 206 de la Ley Hipotecaria permitió a la Iglesia la inmatriculación de los templos, superando así la discriminación.

 

La Iglesia católica pudo utilizar el modo especial de inmatriculación -por certificación- desde el comienzo del Registro de la Propiedad hasta la reforma de la Ley Hipotecaria, en junio de 2015. Esa inmatriculación por certificación pudo aplicarse a los templos desde que estos pudieron inscribirse, en 1998. Desde 2015, sólo las administraciones públicas y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia pueden inmatricular los bienes de su titularidad, mediante la aportación de su título escrito de dominio.

 

La autorización para que la Iglesia Católica utilizara este procedimiento especial se relaciona con el hecho de que la presencia de la Iglesia en España es muy anterior a la existencia del Registro y por tanto es creíble que los títulos de propiedad no existieran o nunca hubieran existido.

 

Al mismo tiempo, las leyes desamortizadores del S. XIX, especialmente de Mendizabal y de Madoz, y la posterior recuperación de parte de los bienes por la Iglesia católica, en muchos casos sin una titulación auténtica, habían desprovisto a la Iglesia de la capacidad de registrar sus bienes de manera ordinaria.


La desaparición progresiva de las circunstancias históricas a las que respondió su inclusión, así como el transcurso de un tiempo suficiente desde la reforma del Reglamento Hipotecario de 1998 que ya permitía la inscripción de los templos, ha propiciado que desde 2015, la certificación no pueda ser un modo de registrar propiedades a nombre de la Iglesia. Desde ese momento, la Iglesia dejó de inmatricular por certificación.

Reclamar que abonen el IBI en sedes y templos, para que se «corresponsabilicen» con los ingresos del conjunto del Estado

Sra. Ministra, su propuesta de hacer pagar el IBI a todos los inmuebles donde la Iglesia Católica Española presta sus servicios a nuestra sociedad, como: residencias de ancianos, comedores sociales, centros de atención a personas sin recursos de Cáritas, centros de atención a enfermos de SIDA, etc… es una propuesta ruin, mezquina y miserable, que sólo perjudicaría a los miles de españoles que cada día son atendidos en todos los centros sociales que la Iglesia tiene en España. En definitiva, sería una medida en contra de los más desfavorecidos y excluidos de nuestra sociedad, esos a los que la Iglesia Católica atiende porque el Estado no tiene recursos suficientes para poder atenderlos y hacerse cargo de ellos.

Sra. Belarra, su propuesta es una propuesta discriminatoria, pues en ella no se incluyen a las demás confesiones religiosas que tienen acuerdos de cooperación con el Estado español: judíos, musulmanes y evangélicos. Y también sería discriminatoria con la Iglesia Católica respecto a las demás ONGs que operan en España, como Cruz Roja, que tampoco paga IBI.

Asimismo, también sería discriminatorio este trato hacia la Iglesia con respecto a los inmuebles  propiedad del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las entidades locales dedicados a la seguridad ciudadana, a los servicios educativos y penitenciarios y a la defensa nacional, que también están exentos del pago del IBI.

¿Por qué no propone que paguen IBI las sedes de PODEMOS?

Sra. Belarra, propone usted que pague la Iglesia Católica el IBI, precisamente una institución que según su última Memoria Anual de actividades correspondiente al año 2020 atendió en España:


En el ámbito educativo:

Los 2.433 centros católicos educativos concertados impartieron clases a 1.523.777 alumnos, lo que supuso un ahorro para el Estado de 3.722.931.751 euros.


En el ámbito de la formación:

. 15 Universidades.

. 118.596 alumnos.


En el ámbito de la Salud:

1.000 centros socio sanitarios, donde fueron atendidos 1.303.078 beneficiarios. Estos centros se reparten de la siguiente forma:

-          69 hospitales

-          53 ambulatorios/dispensarios.

-          878 casas para ancianos, enfermos crónicos y personas con discapacidad.


En el ámbito de la Atención Social:

8.163 centros socio asistenciales, donde fueron atendidos 2.763.480 beneficiarios. Estos centros se reparten de la siguiente forma:

-          6.336 centros para mitigar la pobreza.

-          436 centros de menores, jóvenes y de tutela de la infancia.

-          402 centros para promover el trabajo.

-          248 centros de orientación familiar y de defensa de la vida y la familia.

 

En total, en 2020, han sido 4.066.557 los beneficiarios que han sido atendidos en los 9.163 centros sociales (Ámbito de la Salud y la Atención Social) de la Iglesia Católica en España.


Cáritas Diocesana:

Por su parte, las 70 Cáritas Diocesanas de España, a través de sus 5.597 centros y servicios (Cáritas Parroquiales) han atendido a un total de 2.391.506 beneficiarios, con un total de recursos invertidos que ascienden a la cantidad de 337.065.276 €. Para todo ello, Cáritas ha contado en 2020 con 5.571 empleados remunerados, y 80.995 voluntarios.


Cooperación con el Tercer Mundo:

Además la Iglesia Católica en España, ha destinado en el año 2020, a través de las 72 Delegaciones de Manos Unidas, 36.123.624 € a proyectos de cooperación al desarrollo en el tercer mundo. Concretamente han sido 903 proyectos, desarrollados en 57 países (Proyectos educativos, de salud, de alimentación y medios de vida, Derechos de las mujeres y equidad, Derechos Humanos y sociedad civil, Agua y Saneamiento, Medio Ambiente y Cambio Climático).

Toda esta amplia actividad de la Iglesia Católica en España supone un ahorro al Estado de 30.000 millones de euros cada año, según estimaciones de  Fernando Giménez Barriocanal (Vicesecretario de Asuntos Económicos de la CEE).

Sin embargo Sra. Belarra, ¿Por qué no es capaz usted de proponer que paguen el IBI las sedes de PODEMOS, las sedes de los demás partidos políticos y las sedes de los sindicatos?  Ninguna de estas otras entidades paga IBI y sin embargo guarda usted un vergonzoso silencio sobre ellas, lo que demuestra que usted no busca la igualdad de todas las entidades ante este impuesto, sino el ataque gratuito a los católicos, que es lo que está de moda y lo que les da votos, según ustedes creen.

Las sedes de PODEMOS y de los demás partidos políticos, deberían ser las primeras en pagar el IBI, ya que al contrario que la Iglesia Católica, no prestan un servicio altruista a la sociedad, sino que por el contrario, se sirven de la sociedad a la que afirman servir para conseguir mayores cuotas de poder y a la postre, un mayor enriquecimiento, muchas veces ilícito, como ha quedado demostrado en los numerosos casos de corrupción descubiertos en España en los últimos tiempos, como por ejemplo el caso de los Falsos ERES en Andalucía.

 ¿Y qué decir de los inmuebles de la Sociedad General de Autores, SGAE? Estos también están exentos del pago del IBI. Pero después de todos los datos que le he facilitado, ¿Realmente cree usted que la Sociedad General de Autores, donde se incluyen cantantes, artistas, actores, etc… presta un servicio social a los españoles mayor que el que presta la Iglesia Católica? ¿Es más importante la labor que realiza la SGAE que la que realiza la Iglesia? ¿Por qué no propone usted que paguen también el IBI los inmuebles de la SGAE?

Su propuesta demuestra su falta de sensibilidad hacia los más excluidos de nuestra sociedad.

Sra. Belarra, usted desconoce totalmente la realidad social de nuestro país donde 2,3 millones de personas tienen que ser atendidas por Cáritas y donde miles de personas tienen que comer cada día en los comedores sociales que la Iglesia pone al servicio de nuestra sociedad.

Y lo que es más grave en un político, Sra. Belarra, usted es totalmente indiferente y ajena al sufrimiento de tantas personas que diariamente encuentran acogida, asistencia y protección en los centros sociales de la Iglesia Católica: ancianos sin recursos en residencias de mayores, enfermos de SIDA, mujeres maltratadas en Centros de Acogida, etc., etc… Si realmente a usted le importara el sufrimiento de estas personas no atacaría gratuitamente a la institución que les acoge, les ayuda y les permite salir adelante.

Sra. Belarra, usted y su Gobierno, podrán abrir tumbas, reabrir heridas, echar a los monjes de sus abadías, derribar cruces de piedra,  incluso la Cruz más alta de Europa… pero hay algo que nunca podrán hacer, y es arrancar a Cristo del corazón de los hombres. Eso ya lo intentó también hacer el comunismo en toda Europa del Este, durante la segunda mitad del siglo pasado, y el resultado es que es precisamente allí, en países como Hungría o Polonia, donde ahora el cristianismo renace con más fuerza que en ningún otro sitio.

Perseguir a la Iglesia Católica, y a los cristianos, no es ninguna bandera nueva. Pero déjeme que le recuerde una cosa Sra. Ministra: Llegará algún día, en el que también usted, (Dios quiera que dentro de muchos años y después de una larga vida), se encontrará postrada en la cama de un hospital. Y mientras el gotero deja caer lentamente sus gotas de Mórfico, mezclado con Escopolamina, y quizás también con Midazolam, el reloj de su vida irá descontando sus últimas horas de forma inexorable…

Y entonces, Sra. Ministra, habrá llegado el momento, de prepararse para dar cuentas de lo que haya hecho usted en esta vida, ante Dios y ante la historia, de explicar a quien le espera, por qué lo persiguió mientras estuvo usted en esta tierra. Quizás sentirá la necesidad de hablar con un sacerdote, para preparar su salida de este mundo… pero entonces ya será demasiado tarde, ya no habrá capellanes en los hospitales públicos con los que poder hablar, o a quien pedir que le administre el sacramento de la unción de enfermos, porque esos capellanes habrán desaparecido gracias a la iniciativa que usted misma promovió allá por el año 2021…. Algún familiar suyo intentará rezar por usted en la capilla de ese hospital, pero no podrá tampoco hacerlo, porque ya estará también cerrada.

Sra. Belarra, deje de atacar a la Iglesia Católica y dedíquese a buscar el bien común como Ministra del Gobierno de España. El destino le ha dado una oportunidad. No la desaproveche.

Atentamente,

            Fdo.: José Antonio Barragán Dorantes

lunes, 14 de septiembre de 2020

Vídeo "Lebrija y su Feria"

LEBRIJA Y SU FERIA

En este mes de Septiembre, no podremos celebrar en Lebrija, nuestra entrañable FERIA. Por ello comparto contigo el enlace con el vídeo "Lebrija y su Feria" que he editado, para recordar los momentos vividos en años anteriores, en este mes de Septiembre tan especial, en nuestra ciudad de Lebrija.








viernes, 7 de agosto de 2020

VÍDEO "Fiesta del Corpus Christi en Lebrija"

VÍDEO "FIESTA DEL CORPUS CHRISTI EN LEBRIJA" 

En este año 2020, en el que no podremos ver la Procesión del Corpus Christi por las calles de Lebrija, recordemos con este vídeo los momentos vividos en años anteriores.



VÍDEO "Lebrija y su Patrón San Benito"

 

VÍDEO "LEBRIJA Y SU PATRÓN SAN BENITO"

En este verano en que no veremos a San Benito por las calles de nuestro pueblo, recordemos los momentos vividos en años anteriores, a través de este entrañable vídeo.


sábado, 29 de junio de 2019

Carta Abierta a los Políticos de Nuestro Pueblo


José Antonio Barragán Dorantes                                                              
       A B O G A D O                                                                                     
  TRABAJADOR SOCIAL                                                                        


CARTA ABIERTA A LOS POLÍTICOS DE NUESTRO PUEBLO
Lebrija (Sevilla), a 29 de Junio de 2019


Me sorprende y me entristece que políticos católicos de mi pueblo, a los que me unen lazos de amistad, defiendan en estos días, la colocación de banderas en espacios públicos, que representan una clara apología de conductas contrarias a la moral católica, al Magisterio Pontificio y a lo que expresamente dice el Catecismo de la Iglesia Universal. Como catequista debo recordar y recuerdo, que dicho Catecismo en su nº 2357 dice lo siguiente:

“Apoyándose en la Sagrada Escritura, que los presenta como depravaciones graves, la Tradición ha declarado siempre que los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados. Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso.”

No cabe recurrir al pretexto de que se hace para conseguir la igualdad de derechos de todos, porque en España, desde 1978 todos los hombres y mujeres son iguales ante la ley y gozan de los mismos derechos y deberes, incluido el derecho a contraer matrimonio válido.

Para los católicos, el matrimonio verdadero es la unión entre un hombre y una mujer, como siempre ha sido en todas las civilizaciones, desde el Derecho Romano hasta nuestros días. Equiparar jurídicamente otras realidades antropológicas distintas a la naturaleza única del matrimonio es sólo un vano intento de adulterar, transformar y desnaturalizar una realidad natural que nunca podrá ser alterada por ninguna norma de Derecho Positivo y un intento de confundir a quien pueda ser confundido. Cada realidad humana debe ser identificada y denominada con su propio nombre, pero no con el nombre de otra realidad humana distinta.

Sin duda, detrás de todo ello, subyace el intento de imponer una determinada ideología a toda la sociedad: el pensamiento único de la ideología de género, que el mismo Papa Francisco ha descrito como "un error de la mente humana que provoca mucha confusión, una colonización ideológica, con la que la familia está siendo atacada". (Nápoles, 15.03.2015). Francisco dio un ejemplo personal acontecido en 1995, cuando una secretaria de educación de una región pobre de Argentina fue informada de que podría obtener un préstamo para construir escuelas con la condición de que en ellas se utilizaran libros que enseñaban a los niños "ideología de género". Eso es "colonización ideológica" dijo. "Se coloniza a las personas con una idea que busca cambiar una mentalidad o una estructura. Esa colonización ideológica, añadió, "no es nueva, los dictadores el siglo pasado hicieron lo mismo. Vinieron con su propia doctrina". Y en cuanto al adoctrinamiento de los niños con la ideología de género, el Papa lo ha definido como una maldad (Georgia 02.10.2016).

Al igual que ha hecho en el pasado con ideologías como el nazismo o el comunismo, la Iglesia ahora denuncia los males que asolan la sociedad y precisamente la ideología de género es el nuevo totalitarismo de este siglo. El Cardenal Antonio Cañizares, en el prólogo del libro "La Ideología de Género, Reflexiones Críticas" alerta que "Nos encontramos, desde hace ya décadas, ante el intento de una nueva y gran revolución cultural. Una de las más insidiosas y destructoras que pueden pensarse:la que se trata de promover con la ideología de género. Esta revolución cuenta con muchos medios e instrumentos puestos al servicio de los que la promueven y con alianzas de poderes muy influyentes".

Benedicto XVI describió la ideología de género como la oposición “a la idea de que las personas tienen una naturaleza, dada por su identidad corporal, que sirve como un elemento que define al ser humano”. En vez de reconocer que Dios creó a las personas como hombres y mujeres, la ideología de género afirma que ‘hombre’ y ‘mujer’ son construcciones sociales y que se puede decidir lo que se quiere ser. En su encíclica Caritas in Veritate, Benedicto XVI denuncia que nos hemos apartado de los pilares básicos de nuestra cultura, y en concreto, de la concepción cristiana de persona; que hemos caído en el materialismo práctico, el relativismo mental y la desconfianza en la razón, todo lo cual ha hecho posible que la ideología de género en el espacio de cuarenta años haya destruido una cultura milenaria.

Como la Iglesia no puede renunciar a su esencia, los Obispos no tienen miedo a llamar a las cosas por su nombre. Uno de los mayores adversarios de la ideología de género es precisamente uno de los colaboradores más cercanos del Papa Francisco, el cardenal Robert Sarah. El prelado africano dijo que detrás de todo esto está "Satanás" y que "la ideología de género permite al hombre elegir su sexualidad y su manera de casarse. Y esto destruye la familia, la antropología cristiana y el proyecto de Dios".

Otros obispos también se han referido a esta cuestión. Por ejemplo, el Obispo de Bilbao, Mario Iceta, quien afirmó que la ideología de género quiere imponerse como pensamiento único atacando brutalmente a quien se opone a sus dictados. O el de Córdoba, Demetrio Fernández, que dijo que "destruye la familia". El arzobispo de Barcelona, Juan José Omella, ha manifestado que "la ideología de género se va metiendo poco a poco y no le damos importancia y, sin embargo, nos va cambiando, por eso tenemos que estar atentos a esta dictadura del relativismo". Y el de San Sebastián, Juan Ignacio Munilla, recordaba que esta nueva ideología es una "metástasis del marxismo".

En este sentido, el documento publicado este año 2019 por la Santa Sede, titulado "Varón y Mujer los creó" califica esta ideología como "radicalismo ideológico" que busca imponerse como un pensamiento único que determine incluso la educación de los niños. Esa ideología busca una sociedad sin diferencias de sexo, sin la que tampoco existe la familia.. 

Como católico me siento llamado a denunciar públicamente este intento de imposición y colonización ideológica, en la que colaboran como cómplices necesarios la gran mayoría de fuerzas políticas de nuestro arco parlamentario, y al mismo tiempo me siento llamado a colaborar y apoyar con todos los medios a mi alcance, a la única fuerza parlamentaria, que a fecha de hoy, es capaz de oponerse firmemente y sin complejos a los postulados marxistas que la ideología de género pretende imponernos a todos, es decir, apoyar al partido político VOX. Ceder a los intentos de colonización ideológica y adoctrinamiento que una minoría muy poderosa, como es el lobby del colectivo LGTBI, intenta hacer a toda la sociedad, no es tolerancia, sino que es cobardía para defender las verdades inalienables dictadas por el Derecho Natural, el sentido común y la razón humana, y todo ello por un calculado interés electoral de lo políticamente correcto.

Los edificios y espacios públicos que entre todos los vecinos mantenemos y financiamos deben ser espacios de encuentro y no de división. No pueden ser utilizados para promover ideologías partidistas con fines electorales, ni para promover intereses de minorías o de mayorías concretas. Sino que por el contrario, deben ser espacios de cuyas paredes solamente cuelguen símbolos que nos representen a todos reconocidos jurídicamente como tales, como son la bandera de nuestro país, la de nuestra comunidad autónoma y la bandera de nuestro pueblo.
                        
                   José Antonio Barragán Dorantes  

miércoles, 3 de abril de 2019

Carta Abierta a la Ministra de Sanidad del Gobierno de Pedro Sánchez


  José Antonio Barragán Dorantes                                                     
       A B O G A D O
TRABAJADOR SOCIAL                                                                         
                                                                                               
SRA. MINISTRA DE SANIDAD, CONSUMO Y BIENESTAR SOCIAL DEL GOBIERNO DE ESPAÑA
DOÑA MARÍA LUISA CARCEDO ROCES

Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social 
Paseo del Prado, 18-20 28014 
Madrid (España)



Lebrija (Sevilla), a 3 de Abril de 2019

"El objetivo de la medicina es prevenir la enfermedad y prolongar la vida, 
el ideal de la medicina es eliminar la necesidad de un médico" 
William J. Mayo

Estimada Sra. Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social del Gobierno de España Doña María Luisa Carcedo Roces:

En una entrevista publicada en el diario El Mundo el pasado día 10 de febrero, expresaba usted lo siguiente:


"Las mujeres somos libérrimas. Somos libres de decidir si somos madres o no y no sentirnos culpables. Y buenos estaríamos los que tenemos cierta edad si esperamos a que esos niños puedan pagar las pensiones. Cuestionar el aborto no es volver al 85, es volver a la Edad Media. Da igual, ya puestos... echamos una carrerita y llegamos a la Edad Media. Y las mujeres en su casa. Y sin carné de identidad y sin nada. Felices todos. España forma parte de Naciones Unidas y de la U.E. Y hay recomendaciones de la OMS para favorecer el aborto seguro. El modelo que España adoptó en 2010 es el que tienen los países desarrollados. Por tanto, seamos serios. Seamos serios salvo que queramos sacar a ESpaña de todos los organismos internacionales porque los consideremos rojos peligrosos. Estamos hablando de la voluntad de la mujer y discutir esto ya... telita. Pero si, dificultamos el aborto seguro entramos en un campo peligroso no sólo para la libertad, sino para la salud. 


Y el pasado jueves 28 de marzo, en unas declaraciones a la Agencia Efe, volvió usted a hacer referencia a este tema, afirmando lo siguiente:  

"Estamos en el siglo XXI y hay un derecho delante de todos esto, que es el derecho de las mujeres que deciden ser madres o no. El debate sobre el aborto ya se mantuvo y ya se superó en este país, Volver otra vez a unos conceptos prehistóricos es muy lamentable.

Sra. Ministra, estas afirmaciones suyas me llenan de estupor, perplejidad y asombro,  no me dejan en modo alguno indiferente y por lo tanto, considero requieren una reflexión y una respuesta nítida, serena y contundente para dejarle a usted claros algunos conceptos que considero tiene usted muy equivocados y que por lo tanto merecen una aclaración. Como padre de familia, como abogado, como trabajador social, como persona que defiende el principal derecho humano que tienen todas las personas concebidas, que es el derecho a la vida, y sobre todo como persona con un mínimo de sensibilidad y de sentido común, no puedo dejar de contestarle.

"Las mujeres somos libérrimas. Somos libres en decidir so somos madres o no y no sentirnos culpables" "Estamos en el siglo XXI y hay un derecho delante de todos esto, que es el derecho de las mujeres que deciden ser madres o no”.

Sra. Ministra, como ya hicieran antes otras destacadas dirigentes del PSOE como Leire Pajín o Bibiana Aído y también hicieran otros destacados miembros del Partido Popular como Celia Villalobos o José Antonio Monago, usted confunde intencionadamente el derecho a concebir un hijo, y convertirse en madre, con el derecho a matar al hijo ya concebido. Con la finalidad de manipular a la opinión pública, los defensores de la legalización del aborto nunca usáis la expresión “derecho a abortar”, sino derecho a “decidir ser madre”, porque saben ustedes perfectamente que el derecho al aborto no existe, porque no existe el derecho a matar, existe el derecho a vivir.

El derecho a concebir un hijo y convertirse en madre, nadie lo discute ni lo ha discutido nunca. Pero ese derecho, como bien usted sabe, se ejerce antes de concebir al hijo. Una vez que el hijo ha sido concebido y se desarrolla dentro del vientre materno, sólo se puede decidir si se es madre de un hijo vivo o si se es madre de un hijo muerto. Abortar no le permite a ninguna mujer elegir si desea ser madre, porque ya lo es, sólo la convierte en la madre de un niño muerto.

Además afirma usted: Cuestionar el aborto no es volver al 85, es volver a la Edad Media. Da igual, ya puestos... echamos una carrerita y llegamos a la Edad Media. Y las mujeres en casa. Y sin carné de identidad y sin nada. Felices todos. Volver otra vez a a unos conceptos prehistóricos es muy lamentable.


Me sorprende enormemente que sea usted Licenciada en Medicina y Cirugía por la Universidad de Oviedo y que además haya usted trabajado como médica de Atención Primaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias en Sotrondio y en el Centro de Salud de El Natahoyo de Gijón. Me pregunto a dónde ha ido a parar y qué fue de aquel juramento hipocrático que un día hizo usted como miembro de la profesión médica, en el que de forma textual, prometió usted solemnemente dedicar su vida al servicio de la humanidad, a velar con el máximo respeto por la vida humana, y a no emplear sus conocimientos médicos para violar los derechos humanos. 


¿Se le ha olvidado todo aquello que en su día prometió Sra. Ministra, o es que acaso  piensa usted que el derecho fundamental a la vida no es un derecho humano?

En este sentido, y hablando de su profesión, le recuerdo lo que dijo la Comisión Deontológica del Consejo Andaluz de Colegios Médicos, en el artículo “La Manipulación de la Ética y de la Ciencia” publicado el 10 de Septiembre de 2008, en el que también niega la existencia del derecho a abortar, con las siguientes palabras:

« (…) Se ha generado la percepción social de que existe el derecho a abortar y, con ello, la idea de que un profesional de la salud tiene el deber de matar al hijo no deseado. La razón esencial que justifica la oposición del personal sanitario al aborto es que participar en la destrucción de la vida de un feto humano no es un acto médico. Hoy hay razones de ciencia que impiden la duda de la existencia de una vida humana individual después de la fecundación; hoy no hay que recurrir al aborto para tratar las dolencias de la mujer embarazada; hoy se sabe que el embarazo no genera un problema de salud psíquica en la gestante, sino que es el síndrome post-aborto el problema. Jamás la Medicina ha matado a uno para salvar a otro; siempre ha intentado salvar a los dos.

Y también debería usted escuchar con atención lo que opina el Colegio Médico al que usted pertenece, es decir el Colegio Médico de Asturias, cuya presidenta Doña Carmen Rodríguez explicaba el 25 de julio de 2012 cuál es la postura oficial de su colegio profesional sobre este tema con las siguientes palabras: "El colegio está en contra del aborto, porque el médico está dedicado al nacimiento. El aborto es reprobable para cualquier profesional, nuestra misión no es quitar la vida, sino darla". "No apoyamos a ningún supuesto que elimine una vida, algo que comienza en el momento en el que un óvulo es fecundado por un espermatozoide".

Dice usted que cuestionar el aborto es volver a la Edad Media, y que es muy lamentable volver a unos conceptos prehistóricos. Mire usted Sra. Ministra, no hay nada más prehistórico, más retrógrado, más cavernícola, más rancio y más salvaje que mostrar un absoluto desprecio y una inhumana y escalofriante frialdad e indiferencia por la vida más pequeña, más débil y más inocente que puede haber, que e la vida de un ser humano en sus primeros nueve meses de gestación en el vientre materno. No hay nada más reaccionario, más fascista y más cavernícola que considerar a un inocente indefenso como una mera mercancía que se puede eliminar por un puñado de euros y cuyo execrable y abominable crimen se puede legalizar por un miserable puñado de votos.


Si eso, además lo hace, una persona que en su día juró velar con el máximo respeto por la vida humana y no violar los derechos humanos, es doblemente terrible y escalofriante. Y si además esa traición a los principios médicos que un día juró defender, se hace sin importarle nada tener su conciencia manchada de sangre inocente por un miserable puñado de votos y por un mezquino cálculo electoral, entonces estamos ante una persona que no merece ser en modo alguno Ministra de Sanidad del Gobierno de España.


Lo progresista es defender la vida, es defender al más débil, es defender al más indefenso. Defender la pena de muerte para un ser humano inocente, que no ha hecho nada, que no puede defenderse, y legislar para permitir que pueda ser ejecutado y se pueda destruir su vida por la mera voluntad de su madre, sin que haya causa alguna que lo justifique, negando al padre de la criatura a su vez, que pueda hacer algo jurídicamente para impedirlo, es una aberrante ignominia, es defender un execrable crimen, más propio del paleolítico, de la edad de piedra, de los neandertales, que de una sociedad libre, desarrollada y democrática del siglo XXI.


Cuantos más indefensos son los seres humanos, tanto más deben ser protegidos. Motivo por el cual los concebidos pero aún no nacidos, deben ser especialmente protegidos. Los niños por nacer, son los más débiles, indefensos e inocentes de todos, a quienes hoy se les quiere negar su dignidad humana en orden a hacer con ellos lo que se quiera, quitándoles la vida y promoviendo legislaciones para que nadie pueda impedirlo.


El deber de defenderlos no es obscurantismo, sino lo único que merece llamarse humanismo. Los mismos derechos humanos, y la misma dignidad humana, exige que sean defendidos. No podemos vendernos a los poderosos y a los ricos. Frecuentemente, para ridiculizar alegremente la defensa que muchos hacemos de sus vidas, se procura presentar esta postura como algo ideológico, oscurantista y conservador. Sin embargo, esta defensa de la vida por nacer está íntimamente ligada a la defensa de cualquier derecho humano. Supone la convicción de que un ser humano es siempre sagrado e inviolable, en cualquier situación y en cada etapa de su desarrollo. Es un fin en sí mismo y nunca un medio para resolver otras dificultades. Si esta convicción cae, no quedan fundamentos sólidos y permanentes para defender los derechos humanos, que siempre estarían sometidos a conveniencias circunstanciales de los poderosos de turno.


Basta el juicio de la razón humana para saber que es inmoral abortar, que no se puede ir contra el ser  humano, que se ha de estar de la parte del hombre, a favor del hombre. La sola razón es suficiente para reconocer el valor inviolable de cualquier vida humana. Siempre será válido que abortar es inmoral. Abortar no es progresista, ya que nunca será lícito ir contra el hombre hasta causar su destrucción, su muerte violenta. Abortar no es progreso, sino retroceso, no es luz, sino tinieblas y oscuridad. No es progresista pretender resolver los problemas eliminando una vida humana.


Además afirma usted: "España forma parte de Naciones Unidas y de la U.E. Y hay recomendaciones de la OMS para favorecer un aborto seguro. El modelo que España adoptó en 2010 es el que tienen los países desarrollados. Por tanto, seamos serios. Seamos serios salvo que queramos sacar a España de todos los organismos internacionales porque los consideremos rojos peligrosos."     


Sra. Ministra, en ninguna norma de nuestro Ordenamiento Jurídico, ni en ningún Tratado de Derecho Internacional se reconoce derecho alguno al aborto, sino todo lo contrario. El sentido común, el Derecho Natural, el Derecho Positivo de nuestro ordenamiento jurídico y el Derecho Internacional, ponen claramente de manifiesto que no existe el derecho al aborto, porque no existe el derecho a matar, lo que existe es el derecho a vivir. De todos los Tratados de Derecho Internacional con fuerza vinculante, ratificados por España en materia de derechos humanos, así como de otros Tratados regionales en esta materia, se desprende claramente esta idea, sin ningún tipo de ambigüedad. Por el contrario, lo que se recoge en todos ellos es la protección jurídica de la vida humana, que los Estados partes se comprometen a garantizar.

Sra. Ministra, en materia de protección jurídica del derecho fundamental a la vida no sólo existen recomendaciones, sino Tratados Internacionales firmados y ratificados por España, y que son vinculantes para los Estados miembros, y por lo tanto de obligado cumplimiento. Entre estos tratados podemos citar entre otros:

La Declaración de Ginebra sobre los derechos del niño, adoptada por la V Asamblea de la Sociedad de Naciones Unidas el 24 de septiembre de 1924, establece en su nº 1. “El niño debe ser puesto en condiciones de desarrollarse normalmente desde el punto de vista material y espiritual”.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada en París, por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948, en su artículo 3 reconoce el derecho a la vida de «todo individuo» por lo que comprende también al ser humano que ya ha sido concebido, aunque todavía no haya nacido, pero que se encuentra en estado de gestación. Textualmente, el artículo 3 dice: «Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.»

El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante Resolución 2200A (XXI) de 16 de diciembre de 1966, en Nueva York, Estados Unidos de América, que entró en vigor el 23 de marzo de 1976, de acuerdo con el art. 49 de este Pacto y ratificado por España el 27 de abril de 1977, (BOE nº 103 de 30 de abril de 1977) establece en su art. 6: “El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la Ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente”. Y en su art. 24.1 dice: Todo niño tiene derecho sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia, como de la sociedad y del Estado”.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,  adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 2200 A (XXI) de 16 de diciembre de 1966, con entrada en vigor el 3 de enero de 1976, conforme al art. 27 del Pacto, (BOE nº 103 de 30 de abril de 1977) recoge en su art. 10 lo siguiente: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que: 2. Se debe conceder especial protección a las madres durante un período de tiempo razonable antes y después del parto.
3. Se deben adoptar medidas especiales de protección y asistencia en favor de todos los niños y adolescentes, sin discriminación alguna por razón de filiación o cualquier otra condición. Debe protegerse a los niños y adolescentes contra la explotación económica y social. (…)

La Convención Internacional Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, aprobada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, que entró en vigor en nuestro ordenamiento el 3 de mayo de 2008, (BOE nº 96 de 21 de abril de 2008), señala en su art. 7:  Los Estados Partes tomarán todas las medidas necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas. Y en su art. 10 señala : Los Estados Partes reafirman el derecho inherente a la vida de todos los seres humanos y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de ese derecho por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.

La Declaración de los derechos del retrasado mental, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 2856 (XXVI) de 20 de diciembre de 1971, recoge en su art. 1: “El retrasado mental debe gozar, hasta el máximo grado de viabilidad, de los mismos derechos que los demás seres humanos”.

La Declaración de los derechos de los impedidos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su  Resolución 3447 (XXX), de 9 de diciembre de 1975, establece en su art. 3: “El impedido tiene esencialmente derecho a que se respete su dignidad humana. El impedido, cualesquiera sean el origen, la naturaleza o la gravedad de sus trastornos y deficiencias, tiene los mismos derechos fundamentales que sus conciudadanos de la misma edad, lo que supone, en primer lugar, el derecho a disfrutar de una vida decorosa, lo más normal y plena que sea posible”.

La Declaración sobre los derechos del niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 1386 (XIV) del 20 de noviembre de 1959, dice en su art. 1º: “El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia”.

Y en su art. 4º: El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados”.

La  Convención sobre los derechos del niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 44/25 del 20 de noviembre de 1989, y entrada en vigor el 2 de septiembre de 1990, (BOE nº 313 de 31 de diciembre de 1990) en su preámbulo se refiere expresamente al nasciturus y dice: “El niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento”. Y en su art. 6 señala: “Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida”.

El Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, adoptado en Roma el 4 de noviembre de 1950; recoge en su artículo 2 el derecho a la vida y en su artículo 3 prohíbe los tratos inhumanos o degradantes.

El Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y de la dignidad del ser humano respectos a las aplicaciones de la biología y de la medicina, hecho en Oviedo el 4 de abril de 1997. (BOE nº 251 de 20 de octubre de 1999), recoge en su art. 2 la primacía del ser humano: “El interés y el bienestar del ser humano deberán prevalecer sobre el interés exclusivo de la sociedad o de la ciencia”. Y su art. 11 se refiere al Principio de No discriminación: “Se prohíbe toda forma de discriminación de una persona a causa de su patrimonio genético”.

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, proclamada el 7 de diciembre de 2000 y actualizada por el Tratado de Lisboa firmado el 13 de diciembre de 2007 y que entró en vigor el 1 de diciembre de 2009, recoge en su artículo 2 el derecho a la vida y el derecho a no ser condenado a pena de muerte ni ejecutado. Artículo 2. Derecho a la vida: 1. “Toda persona tiene derecho a la vida”.

La Carta Europea de los Derechos del Niño (DOCE nº C 241, de 21 de septiembre de 1992),  establece en su nº 9: Todo niño tiene derecho a la vida. En caso de que los padres o personas encargadas del niño no estén en condiciones de asegurar su supervivencia y desarrollo, los Estados deberán garantizar al mismo la protección y los cuidados necesarios, así como unos recursos mínimos dignos, fomentando y facilitando la prestación de estos cuidados por parte de personas o familias dispuestas a ello, o mediante la intervención directa de los poderes públicos cuando lo anterior no sea posible”.

La Resolución nº 4376, del 4 de octubre de 1982 de la Asamblea del Consejo de Europa, decía: “La ciencia y el sentido común prueban que la vida humana comienza en el momento de la concepción y que, en este mismo momento, están presentes en potencia todas las propiedades biológicas y genéticas del ser humano. Los padres no tienen ningún derecho sobre la nueva vida, sino que tienen la obligación de protegerla”.

La Recomendación 874/1979 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre la Carta Europea de los Derechos del Niño, cuyo apartado VI letra a) establece de manera inequívoca: “Los derechos de cada niño a la vida, alojamiento, alimentación conveniente y entorno adecuado, desde el momento de la concepción, deben ser reconocidos por los gobiernos nacionales, asumiendo la obligación de hacer todo lo necesario para la completa aplicación de este derecho.

La Recomendación 1046 adoptada por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, el 24 de Septiembre de 1986. En los puntos 5 y 8 se reconoce que la vida es humana desde la fecundación. El punto 5 establece: “Considerando que desde la fecundación del óvulo la vida humana se desarrolla de manera continua, si bien no se puede hacer distinción en el curso de las primeras fases (embrionarias) de su desarrollo, y que una definición del estatuto biológico del embrión aparece, pues, como necesaria. El punto 8 de la Recomendación citada establece: “Convencida de que, frente al progreso científico que permite intervenir desde la fecundación sobre la vida humana en desarrollo, es urgente determinar el grado de su protección jurídica”.

La Declaración de los derechos del niño no nacido, adoptada por la Asamblea del Consejo de Europa, en Estrasburgo, el 6 de octubre de 1979.  “El niño que va a nacer, debe gozar desde el momento de su concepción, de todos los derechos anunciados en la presente Declaración. Todos estos derechos deben ser reconocidos a todo niño que va a nacer, sin ninguna excepción ni discriminación, basada en la raza, color, sexo, lengua, religión, origen nacional o social, estado de desarrollo, estado de salud o las características mentales y físicas ciertas o hipotéticas y toda otra situación que le concierna, o concierna a su madre o familia. La ley debe asegurar al niño, antes de su nacimiento, con la misma fuerza que después, el derecho a la vida inherente a todo ser humano. En razón a su debilidad particular, el niño que va a nacer debe beneficiarse de una protección especial”. (Preámbulo, Declaración de los Derechos del Niño No Nacido, Asamblea del Parlamento de Europa).

“La ciencia biológica y genética establece que la vida de cada ser humano, con todas sus características propias, empieza desde el momento de su concepción (estando de acuerdo al afirmarlo así) no sólo los que reconocen la vida como un don de Dios, sino también... aquellos que no comparten esta convicción”.
 
Otros Tratados regionales también reconocen de forma inequívoca el derecho a la vida:

La Convención Americana sobre Derechos Humanos, suscrita en la Conferencia Especializada interamericana sobre derechos humanos, celebrada en San José de Costa Rica, el 22 de noviembre de 1969 (Pacto de San José) y entrada en vigor el 18 de julio de 1978, reconoce expresamente en su art. 4 que el derecho a la vida está protegido «a partir del momento de la concepción»: Artículo 4. Derecho a la vida: Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.  Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.  Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.

La Carta Africana de los Derechos del Hombre y de los pueblos2, adoptada por la OUA, Organización para la Unidad Africana, el 27 de junio de 1981 y entrada en vigor el 21 de octubre de 1986. En su art. 4 establece que: Los seres humanos son inviolables. Todo ser humano tendrá derecho al respeto de su vida y de la integridad de su persona. Nadie puede ser privado de este derecho arbitrariamente.” 

El Consejo Fiscal de España, lo explica muy bien, en su Dictamen sobre la actual ley del aborto en nuestro país  diciendo lo siguiente:

«La despenalización no puede convertirse en un derecho. Hasta ahora el Tribunal Constitucional había declarado la licitud de que en determinados casos límite el aborto quedara despenalizado, basándose principalmente en la aplicación del principio de no exigibilidad de otra conducta. Es decir: el aborto sigue siendo un mal, pues supone la privación de la vida del nasciturus, que es un bien constitucionalmente protegido. Dicho valor cede ante situaciones extremas, que responden a las denominadas indicaciones terapéutica, ética o eugenésica. Pero, en puridad, no puede hablarse de un derecho al aborto, pues ello supondría el reconocimiento del derecho a eliminar a un ser humano distinto de la madre y titular del derecho a la vida humana. (...) Con menos razón puede el derecho de la madre a interrumpir voluntariamente su embarazo durante las primeras catorce semanas de gestación ser considerado un derecho de tal categoría.

Y el Consejo de Estado por su parte, en su Dictamen sobre esta ley afirma lo siguiente:

«De la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional en la que se mueve la presente consulta y del conjunto del propio texto del anteproyecto no resulta un derecho al aborto (algo desconocido en los ordenamientos de nuestro entorno susceptibles de ser tomados como modelos), sobre el que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rehusado pronunciarse, que ni siquiera se menciona en los instrumentos internacionales relativos a los derechos de la mujer y cuya formulación carece de fundamento en nuestro ordenamiento jurídico.»

Por su parte, el 16 de diciembre de 2010 la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derecho Humanos de Estrasburgo dictó sentencia en el Caso A.B. and C. v. Irlanda (Caso nº 25579/05) donde textualmente establece que de acuerdo con la Convención Europea «no existe un derecho humano al aborto». Más bien reconoce en su fundamentación que lo que debe existir es una protección del «derecho a la vida del no nacido», tal y como se lleva a cabo en la ley irlandesa.

Sra. Ministra, no manipule más a la opinión pública española. Sobre las recomendaciones internacionales, le recomiendo que se lea lo que dijo el Consejo Fiscal de España en su informe preceptivo sobre la actual ley de aborto en vigor en nuestro país, al analizar los instrumentos internacionales que se mencionaban en su Exposición de Motivos para justificar esta ley:


“Frente a la desordenada yuxtaposición de una amalgama de conceptos diversos, integrados en los derechos de autonomía y libertad de las mujeres especialmente relacionados con la protección de la salud sexual y reproductiva, nos encontramos que el “derecho a decidir”, como tal, en materia de terminación voluntaria del embarazo, no está expresamente reconocidos en los instrumentos internacionales invocados en la Exposición de Motivos. Por el contrario, debe ponerse de relieve la claridad de los principios del Derecho Internacional en materia de Derechos Humanos que protegen la vida del no nacido.

En efecto, los tratados internacionales en materia de derechos humanos, textos formalmente negociados, firmados y ratificados por los Estados, no establecen el derecho al aborto y en ningún caso demandan que los Estados lo despenalicen. Por tanto, no se puede afirmar que el aborto forma parte de las obligaciones internacionales. De hecho la claridad referida de los tratados internacionales, se proyecta sobre la protección de la vida pendiente de ser alumbrada.

En particular, ni el Convenio Europeo de Derechos Fundamentales y Libertades Públicas (1950, en su art. 23), ni el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966), cuyo art. 6 (1) establece que “Todo ser humano tiene el derecho inherente a la vida. Este derecho será protegido por la ley.  Nadie será privado arbitrariamente de su vida”; ni el Pacto Internacional de los Derechos Sociales y Culturales (1966), cuyo art. 12 se limita a declarar “el derecho de toda persona de disfrutar del más alto nivel de salud mental y física” ; ni la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979) y la Convención de Derechos del Niño (1989)5; así como la Convención de derechos de personas con discapacidad (2006), incluyen de manera alguna el derecho al aborto, ni hacen mención al mismo, más bien al contrario defienden la protección del nasciturus.

Mención especial merece la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, 1979, firmado por España el 17 de julio de 1980 y ratificado el 5 de enero de 1984), se trata de un Convenio Internacional de carácter vinculante, cuyo texto fue cuidadosamente redactado por los Estados parte sin mencionar la palabra aborto. 

Por lo tanto, de acuerdo con los tratados mencionados, España no queda obligada a reconocer en su legislación derecho alguno a la “interrupción voluntaria del embarazo” o bien a despenalizar el aborto.

Sra. Ministra esto es lo que dice el Consejo Fiscal de España.

En materia de recomendaciones internacionales debe usted saber, que la ley del aborto de 2010 que usted defiende, ha motivado que hasta Naciones Unidas nos llame la atención y recomiende al Estado español su modificación. En concreto ha sido el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, encargado de velar por el cumplimiento por los Estados Partes, de la Convención Internacional Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU.

Esta convención fue aprobada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, y entró en vigor en nuestro ordenamiento el 3 de mayo de 2008, (BOE nº 96 de 21 de abril de 2008). Este Comité de Naciones Unidas recomendó al Estado español, en su informe de 19 de Octubre de 2011, que suprimiese la distinción hecha en la Ley del aborto de Rodríguez Zapatero, en cuanto al plazo dentro del cual la ley permite que se interrumpa un embarazo por motivos de discapacidad exclusivamente, por ser ello contrario al contenido de dicha Convención Internacional firmada y ratificada por España. Mientras que a los niños concebidos sanos nuestra legislación permite que sean eliminados durante las primeras 14 semanas, aquellos niños concebidos con alguna enfermedad incurable la ley actual permite que puedan ser eliminados sin plazo alguno de tiempo.

Sra. Ministra, si de verdad quiere usted equiparar España con el resto de Europa, empiece por regular la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios con respecto al aborto, pues España es el único país de la Unión Europea junto con Suecia que no regulan la objeción de conciencia respecto a este tema.

De los 28 países que componen la Unión Europea, España es el país que permite el aborto en un plazo más amplio de tiempo, junto con Suecia y Holanda. De esos 28 países, en uno el aborto está totalmente prohibido, Malta, y en los 27 restantes,  más de la mitad no tienen un modelo de ley de plazos sino una ley de supuestos concretos, es decir, exigen la concurrencia de alguna causa determinada para que el aborto se pueda realizar (Irlanda, Bélgica, Chipre, Francia, Reino Unido, Finlandia, Polonia, Luxemburgo, Italia, Holanda, Hungría, Alemania, República Checa y Eslovaquia. (España también estuvo en este grupo hasta el año 2010).

Y del resto de países que tienen un modelo de ley de plazos como España, dentro de la Unión Europea, hay que tener en cuenta que entre estos Estados, además de Suecia, Dinamarca o Austria, se encuentran las legislaciones de los últimos Estados incorporados a la Unión Europea (Croacia, Estonia, Letonia, Lituania, Bulgaria, Rumania, Eslovenia) con legislaciones en materia de aborto legataria de regímenes no democráticos claramente pro-abortistas en base a razones ideológicas y demográficas, incompatibles con los derechos fundamentales.

Por lo tanto, Sra. Ministra, seamos serios, afirmar que la ley de plazos del año 2010 nos asemejaba a los países de nuestro entorno es una afirmación falsa, que no se corresponde con la realidad, pues como hemos visto, dentro de la Unión Europea, la mayoría de los Estados que la componen han optado por una ley de supuestos, y no de plazos.

Además afirma usted: Pero si, además, dificultamos el aborto seguro entramos en un campo peligroso no sólo para la libertad, sino para la salud.

Sra. Ministra, ¿a la salud de quien se refiere usted? ¿Se refiere a la salud de los 920.000 seres humanos (casi un millón) que desde que entró en vigor la actual ley del aborto en España en 2010, ya han sido ejecutados y cuya salud ya nadie podrá recuperar nunca? ¿Se refiere a los 2,4 millones de seres humanos eliminados en nuestro país desde que se legalizó el aborto en 1985? ¿Se refiere usted a la salud de las miles y miles de madres condenadas a sufrir el síndrome post aborto (SPA), cuyas secuelas psicológicas les durarán toda la vida? Pues como dijo el doctor John C. Willke en una ocasión: «Es más fácil sacar al niño del útero de su madre que sacarlo de su pensamiento».

Una psiquiatra española, la doctora Carmen Gómez Lavín, explica que las consecuencias psicológicas del aborto que se dan con más frecuencia son «cuadros depresivos que se acompañan de un sentimiento grande de culpabilidad». Una psiquiatra canadiense, la doctora Susan Standford, ha relatado su propia experiencia con el SPA explicando sus tres fases: desasosiego y tristeza; se revive continuamente el momento traumatizante del aborto de un modo muy profundo; y finalmente una gran depresión. El peligro real para la salud de la mujer que es madre gestante, Sra. Ministra, es someterla a la eliminación de la vida que lleva dentro y arrancarle a su hijo de sus entrañas para matarlo, porque ese hecho quiera o no quiera le acompañará toda su vida.

O quizás se refiere usted a que la abolición del aborto sería peligroso para la salud del gran negocio abortista que existe en nuestro país, el impresionante y lucrativo negocio de los mercaderes de la muerte en España, que con la ley del aborto de 2010 de Rodríguez Zapatero, han visto crecer su saludable negocio de manera espectacular. Si en 2010 en España eran 146 los negocios privados dedicados a la muerte de seres humanos en gestación, centros abortistas acreditados, en 2012 subieron hasta 188. Actualmente son 191. El negocio del aborto es de los pocos que, en plena crisis, supo mantener el tipo, con una facturación que supera los 56 millones de euros al año, por cierto, pagados con el dinero de todos los españoles. Según asegura la patronal del aborto en España, ACAI, cada intervención cuesta entre 350 y 500 euros. Esto supone una facturación estimada durante un cuarto de siglo que rondaría los mil millones de euros.

Sra. Ministra, defender la legalización del aborto, no es defender a la mujer, sino que por el contrario es defender los intereses del lobby abortista internacional, el lobby de la muerte, representado en España por la asociación ACAI (Asociación de centros acreditados para la Interrupción del Embarazo) formado por empresarios sin escrúpulos que facturan millones de euros cada año, y a los que nos les importan tener sus manos manchadas de sangre inocente, por un puñado de euros, a cambio de segar cientos de miles de vidas humanas y de condenar a otras tantas mujeres a sufrir el síndrome post aborto durante gran parte de sus vidas.

Seamos serio, Sra. Ministra, no vuelva a utilizar nunca más el argumento de la salud para justificar la gran matanza de inocentes que se lleva a cabo en nuestro país cada año, 300 niños cada día, porque eso es un insulto a la inteligencia de todos los españoles.

Y por último afirma usted: “El debate sobre el aborto ya se mantuvo y ya se superó en este país”.

Sra. Ministra, ¿qué es lo que se ha superado? Tenemos una ley en vigor que fue aprobada sin consenso social, ni político ni parlamentario, y que está recurrida ante el Tribunal Constitucional desde el año 2010.

La ley actual sólo fue aprobada en el  Congreso de los Diputados, con 184 votos a favor, y 158 en contra y una abstención. Votaron a favor: PSOE, PNV, ERC-IU-ICV, BNG, Na-Bai y dos diputados de CiU, que dio libertad de voto. Votaron en contra del texto: PP, UPyD, UPN, Coalición Canaria y siete diputados de CiU. La única abstención fue también un diputado CiU. La votación pone de manifiesto la profunda división existente en el arco parlamentario, y el escaso margen de votos por la que fue aprobada, sólo 8 votos más de los 176 necesarios.

Después de 9 años de espera, los miembros que componen el Tribunal Constitucional de forma bochornosa, aún no han sido capaces de copiar y pegar en una sentencia lo mismo que ya dijeron sobre este asunto en las sentencias de 11 de abril de 1985 y posteriores, en las que decía que La vida del nasciturus es un bien constitucionalmente protegido y que el Estado tiene la obligación de garantizar la vida, incluida la del «nasciturus». Y que dicha protección implica la asunción por el Estado de una doble actuación positiva:

a) la de abstenerse de interrumpir u obstaculizar el proceso natural de gestación,
b) la de establecer un sistema legal para la defensa de la vida que suponga su protección efectiva. 

Especial mención, debe realizarse, a la discriminación con la que son tratadas en la actual ley de aborto libre en España, lo niños concebidos con alguna malformación, quienes pueden ser eliminados y ejecutados en el seno de sus madres, sin causa alguna que lo justifique durante los nueve meses de gestación. Ojalá los políticos como usted, que defienden esta ley cruel, tuvieran la mitad de la sensibilidad y de la capacidad de amar y comprender que tienen muchos niños discapacitados, como los niños con síndrome de Down, o los niños con espina bífida, esos a los que esta norma niega su derecho natural a nacer y a vivir. Quienes defienden que estos niños puedan ser eliminados, en el fondo les gustaría una raza pura y perfecta, sin niños con malformaciones, sin niños discapacitados, sin niños con síndrome de Down, sin niños con espina bífida, o sin niños a los que les pueda faltar un dedito por ejemplo.

Estos políticos, a pesar de intentar presumir de “progres” y de asumir para ello las tesis más rancias, radicales y casposas del socialismo español, lo único que consiguen es parecerse o identificarse con los ideales que perseguía y defendía Adolf Hitler, quien al igual que ellos, también buscaba la pureza de la raza. Sus tesis son idénticas a las tesis de los nazis.

La brutalidad de la mentalidad eugenésica, subyace en la ley del aborto de 2010 actualmente  en vigor, que usted defiende Sra. Ministra, y que fue aprobada por el Gobierno socialista de Rodríguez Zapatero. Las personas que no vengan libres de enfermedades o malformaciones están condenadas a no nacer. Cabe recordar que este tipo de políticas están en la línea del sueño eugenésico nazi. Salvando las distancias del tiempo y las técnicas empleadas, la actual ley del aborto, tiene aspectos en común con el programa nazi de esterilización y eutanasia Aktion T4, que tenía como objetivo principal una mejora de la raza.

El Aktion T4 constituía un sistema de selección para determinar quién tenía derecho a vivir, y quien no, de entre los ciudadanos más vulnerables. El programa eliminaba a personas señaladas como enfermos incurables, niños con taras hereditarias, delincuentes, enfermos mentales, discapacitados físicos, homosexuales y, en general, adultos o ancianos considerados “improductivos”. Los nazis no fueron los únicos en aplicar estas técnicas, de hecho este aspecto del movimiento impulsado por Hitler era heredero de la doctrina eugenésica internacional constituida por organizaciones a favor de la esterilización masiva, aplicada a gente señalada como enfermos hereditarios y establecida en países como Estados Unidos, Australia, Reino Unido, Suecia, Noruega, Francia, Finlandia, Dinamarca o Suiza.

El salto a nuestros días encuentra su respuesta en la actual  ley del aborto de 2010. El diagnóstico prenatal generalizado eliminará grupos enteros de personas como las afectadas por el síndrome de Down, las que presentan cuadros de enfermedad mental por vínculos genéticos, como trastorno bipolar, o los sordos. De esta forma ya no se recurre a la esterilización, sino al diagnóstico precoz, donde el médico está obligado a participar. Y se practica el aborto eugenésico ante el mínimo defecto a considerar por parte de quien se somete a las pruebas. Como ocurría entonces, también se ejerce una gran presión social para que estas prácticas se consideren, no sólo normales, sino recomendables.

Sra. Ministra, los niños con síndrome de Down, todos los niños con alguna malformación y todos los niños discapacitados, tienen el mismo derecho a nacer que todos los demás, aunque haya políticos a los que les gustaría que se pudieran matar impunemente en el vientre de sus madres, antes de llegar a nacer. Tenga usted la seguridad que no hay mayor discapacidad que la de no ver ni entender que todos los seres humanos somos iguales en dignidad y derechos.

El Papa Francisco ha resumido muy bien esta idea el pasado 15 de junio con las siguientes palabras: "El siglo pasado todo el mundo estaba escandalizado por lo que hacían los nazis para cuidar la pureza de la raza, sin embargo, hoy hacemos lo mismo, pero con guantes blancos". 

Sra. Ministra, le recomiendo que se repase lo que dice nuestra Carta Magna en sus artículos  14 y 15. Art. 14: “Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Art. 15: “Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral…”.

En definitiva, Sra. Ministra, ¡No existe el derecho a matar!, ¡Existe el derecho a vivir!, también para los niños con síndrome de Down, y para los niños con espina bífida y para todos los niños con retraso mental, y en definitiva para todos los niños discapacitados del mundo entero, Sra. Ministra, dentro y fuera del vientre de sus madres.

Sra. Ministra de Sanidad, le insto y le invito a que cambie su forma de pensar en este tema y descubra la belleza de defender la vida, de defender el derecho a nacer y el derecho a vivir de todos los seres humanos y muy especialmente de los más débiles, de los más indefensos y de los más “imperfectos”, esos a los que parte de esta sociedad que piensa como usted, les gustaría ver muertos y tirados en un cubo de basura antes que verlos nacer y vivir con su discapacidad, en igualdad de derechos y con las mismas oportunidades que el resto de ciudadanos.

Los defensores de la legalización del abominable crimen del aborto, pensáis que el hecho de defender que se pueda acabar con impunidad con la vida de seres humanos inocentes en el seno de sus madres os convierte en personas progresistas. Pero déjeme decirle Sra. Ministra, que nada más lejos de la realidad, pues por el contrario, vuestra postura os retrotrae a la época de los romanos, donde el Rey Herodes el Grande ordenó la “matanza de los inocentes”, matar a los niños recién nacidos en la misma época y lugar que Jesús de Nazaret, cumpliendo así con la profecía de Jeremías (31:15) y demostrando de esta manera su desprecio más absoluto por el valor de la vida humana. O incluso, se puede afirmar,  que la defensa de la cultura de la muerte y de la legalización del abominable crimen del aborto, sitúa a quienes lo defienden en la era de la caverna, donde la ley del más fuerte era la que primaba sobre los demás y donde por supuesto no se tenía ni remota idea de lo que eran los derechos humanos.

Sra. Ministra, le reitero que, en el siglo XXI, lo progresista es defender la vida, defender al más débil e indefenso de nuestra sociedad como es el concebido y aún no nacido, y por supuesto defender a las mujeres que tienen dificultades para sacar su embarazo adelante, exigiendo a nuestros gobernantes políticas y legislaciones que protejan real y eficazmente la maternidad, y luchando para que nadie pueda hacerse millonario a costa de condenar a cientos de miles de mujeres a tener un hijo muerto en un abortorio y condenándolas con ello a sufrir las terribles consecuencias del síndrome post aborto durante gran parte de sus vidas.

Le invito a reflexionar serenamente, sobre las consideraciones que les formulo en esta carta, y al mismo tiempo le invito a que sea Usted valiente, cambie de actitud y sea fiel al juramento hipocrático que un día hizo para poder ejercer la medicina.

Sin duda alguna, a las generaciones futuras les costará mucho trabajo entender como hubo un tiempo en España, donde el Estado y las leyes permitían acabar con la vida de inocentes antes de llegar a nacer, incluso sin que existiera causa alguna que lo justificara. Ellos y la historia nos juzgarán. Por eso, no me cansaré nunca de invitarle a defender en este tema, postulados más humanos y sensatos, acordes con el sentido común y con su conciencia que estoy convencido le dictará el camino correcto.

Atentamente,            

José Antonio Barragán Dorantes